Oaxaca de Juárez, Oaxaca.- Desde el 2015 es obligación acorde a lo establecido en el artículo 56 fracción XXIX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Oaxaca, la declaración patrimonial anual de servidores públicos, esta se realiza del 1º. de mayo hasta el último día de junio a través del sistema electrónico de declaración patrimonial de servidores públicos “E-Oaxaca declara”.
La finalidad de la obligatoriedad de esta acción es, que los Órganos de Control Estatal puedan dar seguimiento a la situación patrimonial de los servidores públicos obligados y corroborar que sus posesiones sean congruentes con los ingresos y egresos reportados por el mismo; el objetivo básico, subrayó el Secretario de la Contraloría del Estado, José Ángel Díaz Navarro, es poder prever casos de enriquecimiento inexplicable o injustificado en el periodo del encargo que se reporta.
Los sujetos obligados a presentar esta declaración son los niveles que van, desde Jefes de Departamento, hasta el mismo Gobernador del Estado, incluye también a personas que manejen o conozcan de información considerada como reservada o confidencial, es el caso por ejemplo de la Fiscalía General del Estado.
El trámite se realiza exclusivamente a través de internet en el sistema de registro, en el link: http://dp.contraloria.oaxaca.
El promedio anual de obligados a presentar esta declaración, es de 7000 servidores públicos que laboran de manera constante en la administración pública estatal.
La presentación de la declaración patrimonial en cualquiera de sus modalidades es una obligación establecida en la ley referida, por lo que de omitirse el servidor es sujeto a una sanción, que se impondrá dependiendo del caso, esta va desde una amonestación pública hasta una sanción financiera.
Si el servidor público es primer infractor amerita amonestación pública, pero si es reincidente en la misma falta se impondrá sanción económica equivalente a 15 días del salario base percibido, misma que incrementará hasta tres meses si el servidor persiste en esta omisión, de continuar, puede ser destituido o inhabilitado hasta por un año.
La ley contempla también las faltas a la verdad, si se detecta que un servidor miente en relación a los datos en su declaración patrimonial, será destituido e inhabilitado de uno a cinco años, ya que se considera conducta grave, adicionalmente se da vista al Ministerio Público para los efectos legales procedentes.
La Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, para fomentar el cumplimiento oportuno de las declaraciones de situación patrimonial, realiza acciones permanentes para prevenir la omisión en la presentación de declaraciones patrimoniales, como capacitación periódica a las áreas administrativas o su equivalente en las dependencias, entidades y órganos auxiliares del poder ejecutivo estatal, por ser las obligadas a notificar a los servidores sobre el cumplimiento de esta obligación, así como el centro de asesoría telefónica a cargo del Departamento de Registro de Sanciones, Patrimonial y Conflicto de Interés de esta Secretaría.
Hasta el corte de la segunda semana de mayo 2017, un total de 864 servidores públicos han cumplido con su declaración patrimonial anual, lo cual respecto a ejercicios anteriores es un progreso regular, sin embargo, es recomendable presentar a la brevedad su declaración y evitar contratiempos, ya que si se pretende el 30 de junio a las 11 de la noche que es la fecha última, probablemente el servidor esté saturado y este registro podría ser remitido hasta los primeros minutos del 01 de julio, con lo que legalmente el documento sería extemporáneo.