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Asciende a 118 registro de mujeres desaparecidas en 2020 en Oaxaca; 60% durante la pandemia

El Piñero

Redacción | El Piñero

En lo que va de 2020 hay un registro de 118 casos de mujeres desaparecidas, de los cuales 60% han ocurrido durante casi tres meses del periodo de contingencia en nuestro estado, así lo dio a conocer en un comunicado la organización civil Consorcio Oaxaca.

Es decir, en Oaxaca no solo existe un aumento en el número de feminicidios sino también de mujeres desaparecidas. Apuntó que, del total de desapariciones en la entidad, más de 70% se encuentran en el rango de los 12 a los 25 años.

La organización recordó que desde 2018 a la fecha, cinco regiones representan 81% del total de casos de desaparecidas: Valles Centrales con 391, Istmo 84, Papaloapan con 66, Mixteca 58 y la Costa con 54 casos.

Otro dato relevante que el comunicado destacó es que hay falta de datos para identificar la actividad a la que se dedicaban las víctimas -un 90% de los registros en medios locales no ofrecen esa características-, para conocer el perfil.

Sin embargo, en los casos en que es posible saberlo son estudiantes, empleadas y comerciantes quienes representan el mayor porcentaje de desaparecidas durante el gobierno muratista. Es decir, “cuando la mayoría de las desaparecidas se encuentran en edad escolar, en fase reproductiva y/o económicamente activa”.

En el contexto de la discusión actual que se lleva a cabo en la Cámara de diputados acerca de la designación de una Comisión de Búsqueda de Personas, el organismo recordó que el Estado está obligado a atender ese tipo de delitos como lo establece “… la Ley General de Víctimas que obliga a las autoridades de los tres ámbitos de gobierno, y de los tres Poderes Constitucionales, así como a cualquier oficina, dependencia, organismo o institución pública o privada que vele por la protección de las víctimas, les proporcione ayuda, asistencia o reparación integral (LGV, 2017)”.

“La desaparición es un delito, y está previsto por el artículo 348 Bis D del Código Penal de Oaxaca en el que se establece que comete el delito de desaparición forzada de personas, el servidor público que por sí o a través de otros realice, consienta, autorice o apoye la privación de la libertad de una o más personas y propicie o mantenga su ocultamiento bajo cualquier forma, se niegue a reconocer dicha privación de la libertad o se niegue a informar sobre el paradero de la persona” destacó en su comunicado.

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