*Se da acompañamiento a la gestión ante la Federación que, a través de la mesa de atención social, resolverá sobre pago de la prima de antigüedad en el marco la Ley y la normatividad aplicable
Oaxaca de Juárez, Oaxaca.- El Gobierno del Estado, a través del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO) con base en un trato respetuoso ha privilegiado el diálogo con todos los integrantes del magisterio y escuchando siempre sus planteamientos, incluyendo a los trabajadores jubilados.
Respecto a la demanda de prima de antigüedad es de pleno conocimiento de los jubilados, que su resolución es con base en un procedimiento jurídico, de acuerdo con la normatividad aplicable y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley, así como la entrega de la documentación idónea requerida para su pago.
Conforme a lo anterior, el ex- trabajador tiene el derecho solicitarla dentro de un año a partir de la separación de su empleo a la fuente de trabajo para la cual laboró, en consecuencia, si no lo hacen en el término citado su derecho prescribe. Ello, de acuerdo al artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, que prevé “las acciones de trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible…”
En lo que corresponde a los asuntos que tengan resoluciones firmes, el Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca, a través de su Dirección Jurídica, brinda el acompañamiento necesario y realiza las gestiones respectivas, con la finalidad de atender a quienes este derecho les asiste.
De esta forma, a la fecha, 796 docentes retirados, quienes acreditaron legalmente su situación con la documentación idónea requerida han recibido su pago por un monto total de 21 millones de pesos.
Actualmente se encuentra en trámite el pago de 337 personas de los mil 133 docentes jubilados que ganaron el juicio correspondiente, de fecha 16 de marzo de 2017, por lo que es importante señalar que los abogados de esos 337 jubilados con laudo, desde el mes de diciembre de ese mismo año no han presentado ante el Instituto la documentación que exige la ley para concluir el trámite de pago.
Respecto a la demanda de jubilados que fueron omitidos por la Junta de Conciliación y Arbitraje del Estado, el IEEPO está obligado por ley a esperar un laudo firme por parte de la Junta de Conciliación y Arbitraje.