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¿Cómo cambió AMLO su postura sobre el Nuevo Aeropuerto?

El Piñero

Este viernes, el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador, anunció que a través de una consulta pública se decidirá el futuro de la obra del Nuevo Aeropuerto de México (NAIM), pero ¿qué dicen la Constitución y las leyes sobre la consulta? ¿Bajo qué condiciones se puede realizar?

En conferencia de prensa, acompañado de Javier Jiménez Espriú, quien sería el titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, López Obrador detalló que una vez que los ciudadanos conozcan la información sobre los pros y contras de la obra en Texcoco y la construcción de dos pistas más en la base militar de Santa Lucía realizará “una consulta directa o una encuesta” a finales de octubre. El resultado de ésta será vinculante, es decir, los ciudadanos decidirán qué ocurrirá con la obra.

La Ley Federal de Consulta Popular, en su artículo 4 define a este ejercicio como “el mecanismo de participación por el cual los ciudadanos ejercen su derecho, a través del voto emitido mediante el cual expresan su opinión respecto de uno o varios temas de trascendencia nacional”.

El artículo 5 de esa misma ley plantea que solo los temas de “trascendencia nacional” podrán ser votados por una consulta, la trascendencia de éstos “será calificada por la mayoría de los legisladores presentes en cada Cámara”.

La realización de una consulta pública no es tan sencillo como lo plantea el presidente electo, pues se deben cumplir ciertas condiciones.

¿Quién puede pedir una consulta popular?

La Constitución plantea en su artículo 35 que las consultas populares: “deben ser convocadas por el Congreso de la Unión a petición del presidente de la República; el equivalente al 33 % de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión; o los ciudadanos, en un número equivalente, al menos, al 2 % de los inscritos en la lista nominal de electores, en los términos que determine la ley”.

¿Puede AMLO convocar a una consulta en octubre?

Como presidente electo, López Obrador aún no tiene la facultad para convocar una consulta pública al Congreso de la Unión que tenga validez, el único capaz de solicitarlo ahora sería el actual presidente Enrique Peña Nieto.

¿Quién es el encargado de organizarla?

El mismo artículo 35 estipula que el Instituto Nacional Electoral debe ser el encargado de “la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados” de toda consulta pública, además de que esta debe realizarse el mismo día de una jornada electoral federal.

En julio pasado los consejeros del Instituto Nacional Electoral (INE) consideraron “inviable” organizar, al menos en lo que resta de 2018, una consulta ciudadana sobre el NAIM.

Tras el pronunciamiento del INE sobre la inviabilidad de la consulta, López Obrador señaló que con o sin el apoyo del órgano electoral llevaría a cabo la consulta.

Incluso, el presidente elector afirmó que en caso de hacerla de manera directa, “se integra una comisión y se organizan los ciudadanos y se ponen esas mesas para recibir los votos, para saber qué opina la gente en las plazas públicas, y se lleva a cabo este ejercicio. La otra forma es hacer una encuesta nacional, también con vigilancia ciudadana, con supervisión de los ciudadanos, para que no quede ninguna duda, ninguna sospecha”.

Sin embargo, los resultados del ejercicio solo serían válidos y vinculantes si es organizada por el Instituto Nacional Electoral.

Hace unas semanas, Benito Nacif, consejero del INE, comentó que el órgano electoral estaría dispuesto a colaborar con López Obrador en caso de realizar una consulta “siempre y cuando sea apegado a lo establecido en la ley”, por lo que, agregó, el tema sería posible hasta 2021, año en el que se realizarán elecciones intermedias.

Los ciudadanos ¿de verdad pueden decidir qué pasará con la obra?

El resultado de la consulta si puede ser determinante.

La ley señala que el resultado de la consulta solo será “vinculante para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales así como para las autoridades competentes, cuando la participación total corresponda, al menos, al 45 % de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores”.

De la cancelación definitiva a la consulta, ¿cómo cambió AMLO su postura sobre el Nuevo Aeropuerto?

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