Jaime GUERRERO | El Piñero
El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó reconocer la violencia vicaria dentro de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con lo cual se convirtió en la entidad 17 en visibilizarla.
El proyecto de decreto por que el que se adicionó la fracción XI define la violencia vicaria como “toda acción u omisión cometida por una persona, por sí o a través de terceros contra una mujer, con quien tiene o mantuvo un vínculo matrimonial o una relación de concubinato, noviazgo o de tipo sentimental, que se ejerce a través de las hijas e hijos producto de la relación o cualquier otra persona significativa para ella, con el objeto de causarle un daño psicológico, patrimonial, moral o de cualquier otro tipo”.
Durante la aprobación del dictamen, Mariana Benítez Tiburcio, Presidenta de la Comisión Permanente de Mujeres e Igualdad de Género, explicó que para la dictaminación del decreto la diputación estuvo en constante comunicación con quienes integran el Frente Nacional de Violencia Vicaria.
La iniciativa fue presentada por la diputada local de Morena, Lizeth Arroyo e impulsada por activistas como Diana Luz Vázquez, Iliana Acevedo Brena, entre otras colectivas.
“El concepto deja en claro que, el daño principal es generado hacia la mujer, y como consecuencia, las hijas y los hijos se ven afectados al ser utilizados como un medio para lograrlo, por lo tanto, este tipo de violencia no solo atenta contra los derechos de la mujer, sino también con el de las niñas y niños, ya que en algunos casos llega hasta su asesinato por parte del agresor”, expresó.
Indicó que el asesinato de las hijas e hijos de las mujeres no es la única forma en que se manifiesta la violencia vicaria, sin embargo, al estar normalizada la violencia vicaria pasa desapercibida en las cifras oficiales.
Sin embargo, de los esfuerzos realizados por la sociedad civil, se tienen registros de distintas formas de manifestación de la violencia vicaria:
En el 86 por ciento de los casos el agresor amenazó a la mujer con hacerle daño a sus hijos. En el 76 por ciento de los casos el agresor amenazó a la mujer con no volver a ver a sus hijos o que los sacaría del país. El 82 por ciento de los agresores le han negado la pensión alimenticia. El 88 por ciento de los agresores ha iniciado trámites legales en contra de la mujer.
En el 57 por ciento de los casos, teniendo las mujeres la guardia y custodia, han sido denunciadas por violencia familiar con el propósito de que las hijas e hijos queden al cuidado del agresor o de algún familiar de éste.
En el 62 por ciento de los casos el agresor ha simulado actos jurídicos o falsificado documentos para lograr la autorización legal de autoridades que favorezcan la retención u ocultamiento de las hijas e hijos.
En el 81 por ciento de los casos, las mujeres han sido separadas de sus hijas e hijos. Sólo en el 39 por ciento de los casos de separación de las hijas e hijos de sus madres, las mujeres tienen algún tipo de convivencia con sus hijas e hijos.
Los agresores han sido apoyados en los abusos hacia las víctimas principalmente de su familia nuclear (padre / madre), así como de sus parejas actuales. También, las instituciones escolares a través de maestros y directivos bloquean el acceso a los niños promovidos por el agresor.
Hasta ahora las entidades en donde la violencia vicaria está reconocida en sus legislaciones son: Puebla, Zacatecas, Yucatán, Estado de México, Sinaloa, Campeche, Hidalgo, Sonora, Baja California Sur, Ciudad de México, Guanajuato, San Luis Potosí, Colima, Aguascalientes, Morelos y Tamaulipas.
Destaca el dictamen aprobado que el asesinato de las hijas e hijos de las mujeres no es la única forma en que se manifiesta la violencia vicaria.
En México existen organizaciones como el Frente Nacional contra la Violencia Vicaria y diversos colectivos feministas, quienes han realizado esfuerzos por cumplir y hacer cumplir los compromisos internacionales que ha suscrito el gobierno en materia de equidad de género. La violencia contra las mujeres y las niñas es una de las violaciones más generalizadas de los derechos humanos en México y en el mundo.
De esta manera, el Frente Nacional contra la Violencia Vicaria (FNCVV), realizó el 30 de mayo del 2022, la Segunda Entrega de la Encuesta Nacional acerca de la Violencia Vicaria en México , obteniendo los siguientes resultados de los 71 reactivos a los cuales respondieron las mujeres encuestadas:
Que en el 94% de los casos el generador de violencia cuenta con recursos que le permiten favorecerse de los procesos legales y que le impiden a la mujer el acceso a la justicia, es decir que 9 de cada 10 agresores cuentan con formas de bloquear los procesos legales de la víctima y/o recursos que favorecen los fallos a su favor, como los siguientes: 18% cuenta con cargos públicos y 58% con tráfico de influencias o con las bien llamadas redes de poder, el 67% realiza estrategias de alargamiento procesal y 81% utiliza recursos económicos.
El 89% de las víctimas entrevistadas declaran haber sufrido daños psicoemocionales como: Miedo, ansiedad, ansiedad, zozobra, estrés, ideas o suicidio, que se manifiesta en falta de apetito, falta de sueño, dolor físico, dolor de cabeza, gastritis, colitis, además afecta su conducta con irritabilidad, llanto, enojo, desesperanza, aislamiento e inseguridad.
En tanto, el Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal 2021 (CNPJE 2021) del INEGI señala que en el año 2020 los delitos de sustracción y retención de menores de edad e incapaces registrados en los expedientes abiertos por los órganos o unidades administrativas encargadas de los mecanismos alternativos de solución de controversias fueron 2824.
Mientras que en 2021 esa cifra se elevó 3526 expedientes y para el 13 de octubre del 2022 este mismo Censo Nacional de Procuración de Justicia Estatal (CNPJE 2022) reporta 4044 expedientes de retención y sustracción de menores.
De las anteriores cifras podemos advertir que el crecimiento promedio de los delitos de retención y sustracción de menores de edad se ha elevado en un 18.34% en 2021 y un 19.90% en 2022 aproximadamente respecto de los años inmediatos anteriores, y estas cifras son de aquellos casos que fueron denunciados y por los que se inició una carpeta de investigación.
De las propuestas de conceptualización de la violencia vicaria, se describen a:
La violencia vicaria, resulta ser toda acción u omisión.
La víctima principal siempre es la mujer.
Se utilizan como medio para causar un daño a las mujeres, a las hijas e hijos y personas significativas para ellas.
Es ejercida por el hombre con quien la mujer víctima mantiene o mantuvo una relación, quien ejerce la violencia por si mismo o través de otras personas.
El objetivo es causar un daño o sufrimiento a la mujer.
Se puede manifestar en la vida pública y en la privada.
Dichos elementos coinciden con los elementos de las definiciones de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, es decir que no se trata de cualquier conducta que constituya violencia en las sociedades humanas, sino que al ser su objetivo el causar daño o sufrimiento a la mujer, se trata de una forma de violencia que se ejerce sobre la mujer por el hecho de ser mujer, y que su consecuencia es el menoscabo de los derechos de las mujeres.