Jaime GUERRERO|El Piñero
Deudores de pensiones alimenticias y sentenciados por violencia familiar no podrán ser candidatos para cualquier cargo de elección popular en Oaxaca, confirmó la consejera del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Carmelita Sibaja Ochoa.
Y es que quienes aspiren a una candidatura para cualquier cargo de elección popular en Oaxaca, deberán cumplir, entre otros principales requisitos, no ser deudores de pensiones alimenticias y tampoco sentenciados por violencia familiar, así lo estipula la reforma a la ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Oaxaca (LIPEO).
Aprobada la reforma, ahora toca turno al IEEPCO, elaborar un registro de esa personas, hombres o mujeres.
De la misma forma emitir una serie de lineamientos con el apoyo del Registro Civil y el Poder Judicial, donde obran sentencias de en contra de personas denunciadas.
Sibaja Ochoa, refirió que la reforma fue a la fracción VII del artículo 21 de la LIPEO, la cual deja claro que uno de los requisitos para la participación política será “No estar condenada o condenado por el delito de violencia familiar y no estar condenada o condenado por el Incumplimiento de su obligación de proporcionar alimentos a quien tenga derecho de recibirlos”.
En tanto, la presidenta de la Comisión de Administración de Justicia de la LXIV Legislatura, Elisa Zepeda Lagunas, destacó que con esas atribuciones que contiene a partir de ahora la LIPEO, se garantiza una mayor justicia para las mujeres que históricamente han luchado por diferentes espacios en el ámbito político y que finalmente tendrán garantizados sus derechos, además de impedir la participación electoral de personas que tengan antecedentes de violencia familiar, lo que brinda otro elemento democrático a dicho proceso.
“En Oaxaca, abrimos brecha para la participación política de las mujeres”, afirmó Zepeda Lagunas.
La Legisladora señaló que es común que muchos padres no cumplen con la responsabilidad de brindar una pensión alimenticia a sus hijos, y anteriormente esta falta no era tomada en cuenta para la participación electoral de personas que buscan representar a la ciudadanía en un cargo de elección popular.
Cabe destacar que la reforma fue aprobada el pasado mes de mayo con 30 votos en sesión extraordinaria de la 64 Legislatura de Oaxaca.