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Por disputa del poder en municipios de Usos y Costumbres, hay 190 impugnaciones ante el TEEO

El Piñero

Oaxaca, 31 de diciembre de 2016.- Por la disputa del poder municipal, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ha recibido a la fecha un total de 190 impugnaciones relacionadas a la elección de autoridades municipales que se rigen por Sistemas Normativos Internos.
A la fecha, ese órgano jurisdiccional, ha resuelto 74; únicamente se han revocado siete elecciones referentes a Agencias municipales.
Aún continúan 116 juicios en instrucción, a cargo de las diferentes ponencias quienes darán resolución a cada uno de ellos; 90 corresponden a juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano por el régimen de sistemas normativos internos, 17 juicios de los sistemas normativos internos y 9 juicios para la protección de los derechos político electorales del ciudadano.
De acuerdo al TEEO, los municipios que podrían representar focos rojos debido a la complejidad de su elección: San Sebastián Tutla, San Antonio de la Cal, Animas Trujano, Mazatlán Villa de Flores, San Bartolo Coyotepec, Santiago Atitlán, Reyes Etla, San Pedro Mártir y Santa María Colotepec, quienes en su momento llegaran a presentar sus respectivas impugnaciones ante el TEEO.
A la fecha el Tribunal ha recibido las impugnaciones de la elección en Santa María Atzompa, San Pedro Ixtlahuaca y Reyes Etla, por su parte, el municipio de San Sebastián Tutla promovió un juicio vía persaltum en la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; sin embargo, de no encontrar motivación para haber promovido este juicio por esa vía, Sala Xalapa ordenará a los demandantes agotar las instancias jurisdiccionales, enviando el asunto para su estudio al órgano jurisdiccional local.
Audiencias a municipios en disputa
En las últimas 48 horas el TEEO ha realizado siete audiencias de oídas, en los cuales se han recibido a igual número de localidades que tuvieron su elección por el régimen de Sistemas Normativos Internos.
En dichas audiencias el Pleno ha recibido y escuchado los planteamientos de más de 100 ciudadanas y ciudadanos de diversas comunidades del Estado, entre ellas: San Juan Teitipac, Magdalena Yodocono, Guevea de Humbolt, Santiago Amoltepec, San Juan Mazatlán Mixe, San Agustín Loxicha y San Juan Chilateca.
Ciudadanos de San Juan Teitipac, cuya demanda está integrada en el expediente JDC/148/2016, solicitaron ante el órgano jurisdiccional electoral revocar el acuerdo dictado por el Consejo General del IEEPCO, mediante el cual válida la elección de concejales al ayuntamiento de San Juan Teitipac, Tlacolula, argumentaron que el presidente de la mesa de los debates no permitió participar a las mujeres en la elección.
Por su parte, habitantes de San Agustín Loxicha se pronunciaron respecto a la ola de violencia que se vive en su comunidad, manifestaron que en días pasados asesinaron al agente municipal electo de la comunidad de Buenavista Loxicha; asimismo, mencionaron que durante la elección de autoridades existieron una serie de irregularidades como bloqueos carreteros, compra y coacción de votos.
Respecto a este asunto el Presidente del TEEO, Raymundo Wilfrido López Vásquez, dio a conocer que serán las instancias de procuración de justicia penales quienes investigaran y sancionaran a los responsables, por lo que al Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca únicamente le compete resolver los temas de naturaleza electoral, dicho asunto está integrado en el expediente JNI/62/2016.
En tanto pobladores de Magdalena Yodocono, cuyo expediente es JNI/60/2016, solicitaron la anulación de la elección debido a que no existió quórum para la realización de la asamblea debido a que se retiró un gran porcentaje de los ciudadanos y de la mesa de los debates.
Por su parte, habitantes de San Juan Chilateca manifestaron ante el órgano jurisdiccional irregularidades en la expedición de la convocatoria y en la operatividad de la elección, dicho asunto está integrado en el expediente JNI/51/2016.
Ante la pregunta expresa de los ciudadanos respecto a que si una vez tomada la protesta de ley al cabildo el uno de enero de 2017 este acto podría considerarse como consumado, el magistrado presidente dio a conocer que si la sentencia no favorece a las autoridades en funciones estas pueden ser removidas del cargo.

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