Jaime GUERRERO
Oaxaca.- La Diputada del Partido Acción Nacional (PAN), Eufrosina Cruz Mendoza, propuso una reforma constitucional para que en las candidaturas a una diputación por el principio de representación proporcional, el registro sea alternado en candidaturas de uno y otro sexo en la lista o relación comenzando por una candidata, para que permitirá que las mujeres accedan al Congreso Local por este principio y que la integración del mismo pueda llegar a ser en verdad igualitario.
En el caso de los municipios que se rigen por partidos políticos se propone que las planillas se integren registrando alternadamente postulantes de uno y otro sexo hasta agotarla y también que las personas propietarias y suplentes sean del mismo sexo, ello a fin de garantizar la paridad en la conformación del cabildo y en la suplencia del cargo.
De acuerdo a la panista, el objetivo, es corregir los fallos de representatividad y garantizar a la ciudadanía que las mujeres tengan una participación plena en la democracia.
“Debido al desequilibrio en las relaciones del poder entre los géneros, es necesario promover la participación política de las mujeres y revertir la sub representación histórica en todos los cargos públicos, ya que las mujeres constituyen el 51 por ciento de la población nacional, en tanto en Oaxaca somos poco más del 52 por ciento”, aseguró la legisladora plurinominal.
Explicó que su propuesta tiene como objetivo garantizar la participación paritaria de las mujeres y hombres, la eliminación de expresiones sexistas en la propaganda política y electoral de los partidos políticos y la conformación paritaria del poder ejecutivo y judicial del Estado así como en los cargos de elección popular municipal y estatal.
De la misma manera, señaló que su propuesta busca establecer la obligación de los partidos políticos de garantizar la paridad entre mujeres y hombres, en candidaturas de diputados al Congreso Local, a todo cargo de elección popular y en la integración de sus órganos directivos.
Cruz Mendoza, explicó que en el caso de las candidaturas a una diputación por el principio de representación proporcional, propone el registro alternado de las candidaturas de uno y otro sexo en la lista o relación comenzando por una candidata, lo que permitirá que las mujeres accedan al Congreso Local por este principio y que la integración del mismo pueda llegar a ser en verdad igualitario.
La diputada manifestó que en el caso de los municipios que se rigen por partidos políticos se propone que las planillas se integren registrando alternadamente postulantes de uno y otro sexo hasta agotarla y también que las personas propietarias y suplentes sean del mismo sexo, ello a fin de garantizar la paridad en la conformación del cabildo y en la suplencia del cargo.
“Para el caso de ayuntamientos que se rigen por Sistemas Normativos Internos propone que los requisitos de elegibilidad se considere la participación paritaria de mujeres y hombres así como establecer la obligación de la dirección ejecutiva de Sistemas Normativos Internos del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ieepco) de elaborar dictámenes en lo individual, para verificar que se ha garantizado la paridad entre mujeres y hombres.
Cruz Mendoza, señaló que la historia de México y Oaxaca ha estado marcada por el reclamo permanente para hacer efectivo el derecho de las mujeres a votar y ser votadas, así como a una mayor participación en el poder político.
Destacó que siglos de lucha han generado notables avances como el derecho al sufragio femenino en 1953, el derecho al voto activo y pasivo de las mujeres en las comunidades indígenas en 2014 que hoy está inscrito en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
“Es necesario trabajar en la modificación de la cultura política, en las instituciones y en las leyes a efecto de revertir el desequilibrio y arrancar de raíz la exclusión, la discriminación, de las mujeres en la vida política”, aseveró.
De esta forma la iniciativa con proyecto de decreto, presentada por la legisladora contempla reformar los artículos 16 párrafo séptimo; 25; 33, Fracción I; 79, Fracción V; 101 y 113 fracción I de la Constitución Política del Estado.