Jaime GUERRERO
Oaxaca, México.-Los magistrados del Tribunal Estatal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) remitieron al Comité Ejecutivo Nacional del Partido de la Revolución Democrática, los medios de impugnación remitidos por Elim Antonio Aquino, Raymundo Carmona Laredo y Horacio Antonio Mendoza, a las listas de candidatos plurinominales que presentó el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Sol Azteca, que los dejaría fuera de esas definiciones, que la dirigencia estatal, había definido a favor de éstos.
De acuerdo a los magistrados locales, los perredistas comandados por el dirigente del PRD, Carmona Laredo, no agotaron la instancia intrapartidista reconocida en la normativa interna del Instituto Político al que pertenecen, por el cual el acto que controvierten pudo haber sido modificado o revocado.
Y es que el pasado 12 de marzo, un grupo de consejeros del Sol Azteca, encabezados por Carmona Laredo, aprobaron en el lugar 1 de la lista de candidatos a diputados pluris, a Elim Antonio Aquino, hija del ex edil de Xoxocotlán, José Julio Antonio Aquino.
En el 2 de la lista pluri, el actual diputado local plurinominal, Horacio Antonio Mendoza; en el 3, Flora Gutiérrez, hermana del virtual candidato a diputado federal de Morena en el distrito X de Miahuatlán, Daniel Gutiérrez; mientras que en el lugar 4, a Wilfredo Vázquez López, quien jamás ha competido en una elección de mayoría y no tiene rentabilidad electoral, solo pertenece a una dinastía de hermanos que son burócratas políticos.
Sin embargo, el pasado 15 de marzo, la dirigencia nacional del PRD, acordó atraer la definición de sus candidatos pluris, hizo cambios y acordó aprobar en el lugar 1 a la actual diputada local, Eva Diego Cruz; en el 2 a Francisco Niño Hernández, y respeto la designación de Flora Gutiérrez, y Vázquez López.
En tanto, los Magistrados reencauzaron la demanda promovida por Elda Gopar Ayala, quien se inconformó por la entrega de la constancia de precandidata única a la ciudadana Jocelyn Esquivel Balseca por parte del Comité Directivo Municipal del PRI en el municipio de Jalapa del Márquez, porque la ciudadana tampoco agotó su instancia intrapartidista.
Los jueces electorales, también desecharon la demanda promovida por Óscar Santiago Tiburcio Méndez, esto debido a que se actualizó una causal de improcedencia que impide el dictado de una resolución de fondo, debido a que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de MORENA, determinó su improcedencia porque el recurso de queja no fue presentado dentro de los plazos estipulados en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.