Jaime GUERRERO
Oaxaca.- El juez de Control de Circuito, Jorge López, comprobó que no se realizó el pago de derecho de más de 500 concesiones que entregó el ex titular de la Secretaría de Vialidad y Transporte, Carlos Moreno Alcántara; el ex director de Concesiones, Armando Espina, y el ex director Jurídico, José Antonio Carrasco, pero ordenó no procesarlos por ese delito y gozan de la libertad que les otorgó.
Esas mismas irregularidades, fueron corroboradas por la Secretaría de la Contraloría, la actual Semovi, y por la Secretaría de Finanzas, a través de la información que éste ultima dependencia, cruzó con instituciones bancarias.
Debido a que la defensa de los ex funcionarios del ex gobernador, Gabino Cué Monteagudo, alegó que los hechos fuero administrativos y no penales, de todos modos, corresponderá a la Contraloría, establecer las responsabilidades administrativas que correspondan a Moreno Alcántara y sus colaboradores.
Por lo pronto, el Fiscal Anticorrupción, Jorge Emilio Iruegas Álvarez, afirmó que no se ha declarado inocente a Moreno Alcántara, y sus dos colaboradores. El proceso sigue abierto. Además que el mismo juez se contradice en sus criterios de requisitos para la entrega de concesiones.
“El caso sigue abierto, no se le ha declarado inocencia, no se le ha absuelto. El juez no ha obligado a extinguir la acción penal, no es cosa juzgada. Se puede volver a formular imputación o en su caso, con una apelación se puede revertir la decisión del Juez. Puede ser imputado por esas concesiones, porque no tienen esa condicionante la reciente resolución del juez”, dijo en su defensa, Iruegas Álvarez, ante las criticas en su contra por los resultados del caso.
Los tres exfuncionarios fueron acusados por 502 títulos de concesión para la explotación del servicio público de transporte en el Estado de Oaxaca, sin contar con el pago de derechos correspondiente, lo cual representó un daño patrimonial a la hacienda Pública del Estado por la cantidad de 5 millones 836 mil 284 pesos con 16 centavos, más el interés legal generado a partir de la fecha en que se debió haber efectuado el pago de los derechos correspondientes.
Aun cuando dijo respetar la competencia de Juez, por no vincular a proceso a los ex funcionarios, aseguró que no fueron las pruebas aportadas por la defensa de Moreno Alcántara, lo que hizo cambiar el criterio de Juez.
“No fue porque el Ministerio Público, no comprobara que se entregaron concesiones sin el pago de derechos ni estudio de factibilidad. Lo que consideró el juez fue un criterio relacionado con los procedimientos de entrega de concesiones”, explicó.
Detalló que comete un delito de tráfico de concesiones, quien entrega el titulo sin cumplir con los requisitos de ley. El juez consideró que la palabra “requisito”, dentro de todas las etapas para entregar una concesión solo se constriñe a la convocatoria, la cual establece los requisitos para quienes pretendan adquirir una concesión.
Para la fiscalía, el estudio de factibilidad, es uno de los pasos y requisitos para entrega de concesiones, el cual no existió y no se estableció si en las poblaciones o municipios, existía la necesidad de entregar más concesiones, debido a la problemática en la que está sumergido el sector. Sin embargo, el juez no lo consideró así. El juez solo se abocó a los requisitos de convocatorias para la emisión de concesiones.
Para Iruegas Álvarez, muchas de esas concesiones no tienen estudio de factibilidad y el total de ellas, no se realizó el pago correspondiente, no obstante, para el juez no es delito ni indispensables, por tanto no los vinculó.
Corresponderá a la Secretaría de la Contraloría, establecer las responsabilidades administrativas que correspondan a Moreno Alcántara y sus colaboradores. Por lo pronto, el pasado martes la defensa del ex titular de Sevitra, presentó un escrito, donde Moreno Alcántara, solicitaba a la Secretaría de la Contraloría, solventar las irregularidades.
“Esa es una simple petición unilateral que no ha recaído en una opinión por parte de la Contraloría, y en la audiencia esa petición de solventación no se acompaño con ninguna documentación soporte”, apuntó.
El hecho de que exista o no una auditoría, éste o no en trámite o la Contraloría determine que no hay responsabilidad dentro de sus revisiones, eso no es vinculante a lo que en materia penal se haga, por ese tipo de delitos, porque son independientes, pese a que están relacionadas, concedió.
Lamentó que el mismo juez que en el 2017, vinculó a proceso a Moreno Alcántara, y ordenó su encarcelamiento, por la falta de pago y estudio de factibilidad, ahora determina que ya no son delitos.