Jaime GUERRERO | El Piñero
Una jueza local dejó sin efecto la prisión domiciliaria concedida a Juan Antonio V.C. El proceso que se sigue en su contra por tentativa de feminicidio contra María Elena Ríos Ortiz, tendrá que llevarlo en prisión.
Geovany Vásquez Sagrero, titular de la consejería jurídica y asistencia legal del Gobierno de Oaxaca, indicó que la mañana del martes 24 de enero recibieron una notificación en Seguridad Pública por parte de un juez federal para que trasladaran, en un plazo no mayor a 24 horas, a V.C. al lugar en donde cumpliría el arraigo domiciliario.
Fuel el pasado 21 de enero cuando el juez local Teódulo Pacheco Pacheco otorgó a Juan Antonio V.C. señalado como autor intelectual del ataque con ácido a Ríos Ortiz, el cambio de medida cautelar para dejar la prisión preventiva oficiosa por arraigo domiciliario bajo argumento de que el imputado presenta severas afectaciones a la salud.
A lo largo de la audiencia que se desarrolló a lo largo de seis días en más de 70 horas, la sobreviviente de feminicidio denunció una serie de irregularidades y violaciones a sus derechos cometidas por el juez Teódulo Pacheco.
Lo último denunciado por la defensora de derechos fue la actuación del juez en obstaculizar su derecho a impugnar, ya que no respetaron el plazo de 72 horas para interponer el recurso.
“Con toda la maldad y alevosía, nos acaban de informar que el término para impugnar vence mañana a las 11 horas sin respetar las 72 horas que son por ley. Voy para Oaxaca y Teódulo Pacheco casualmente está de vacaciones”, escribió Ríos Ortiz en su cuenta en Twitter.
Sin embargo, la situación jurídica cambió horas más tarde ya que durante la noche del mismo martes les enviaron otro acuerdo emitido por una jueza local en donde les informaban que por el momento quedaba sin efecto la orden de prisión domiciliaria y que V.C. debe continuar en prisión preventiva oficiosa.
“Dice este acuerdo que no hay condiciones para que se cumpla con esa la prisión domiciliaria y se tiene que quedar en la prisión preventiva como venía. Para nosotros lo tomamos como una especie de suspensión de la determinación del juez inicial, ahí somos respetuosos de ello”, expuso, Vazquez Sagrero.
Vásquez Sagrero argumentó, en tanto, que el gobernador del estado Salomón Jara Cruz en su carácter de alto mando de la policía estatal, tenía las facultades para señalar que no existían las condiciones materiales ni humanas para poder cumplir con el arraigo domiciliario.
“No hay ningún desacato, ninguna irregularidad porque haya que recordar que, de acuerdo a la ley de seguridad pública, el gobernador del estado es el alto mando de la policía y si él dijo: estamos interviniendo y pidiendo al juez que revalore, no lo estaba haciendo como parte procesal sino como quien tendría que cumplir esta determinación”, señaló.
Reiteró que la Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca (SSPO) no cuenta con las condiciones materiales para cumplir con esa determinación, ni los elementos necesarios para garantizar que no se vaya a fugar.