Jaime GUERRERO | EL PIÑERO
El Consejero Jurídico del Gobierno del Estado, Geovany Vásquez Sagrero, adelantó que, ante las vistas que hace el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), para sancionar al gobernador del Estado, Salomón Jara Cruz y su funcionariado por hacer uso indebido de recursos públicos y vulnerar los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad en el proceso electoral, los defenderán por medio del derecho administrativo, aportando pruebas para amainar las sanciones que determinará el Congreso y la Secretaría de Honestidad del Gobierno del Estado.
Cabe recordar en la administración de Alejandro Murat Hinojosa, en el 2021, la LXIV del Congreso del Estado, lo sancionó con apercibimiento por el uso de recurso público durante la veda electoral del pasado proceso electoral local.
La falta fue calificada por la Sala Especializada del TEPJF, como grave-leve. En ese entonces la bancada de Morena, pretendía iniciar juicio político a Murat Hinojosa, para suspender al entonces Gobernador y nombrar al gobernador encargado. No obstante, sus aliados políticos en el legislativo, frenaron esa pretensión y la sanción fue la mínima, solo quedó en un apercibimiento para que se abstenga de realizar conductas que infrinjan la constitución, así como las disposiciones legales en materia electoral.
Hoy, Jara Cruz, padece de similares circunstancias en materia electoral que, deberá resolver el Congreso del Estado y la Secretaría de Honestidad, por el probable desvío de recursos públicos para difundir la declaración del mandatario.
Éste martes, durante la habitual conferencia de prensa semanal Jara Cruz, refirió que los ponentes de las resoluciones jurisdiccionales, previo a presentarlas ante el pleno, hacen públicas las resoluciones.
La resolución contra Jara Cruz, estuvo a cargo en la ponencia del magistrado, Felipe de la Mata Pizaña, quien un par de semanas antes, daba la razón al gobierno de Oaxaca y funcionariado involucrado en la faltas, por determinación de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), expuso el consejo.
Criticó entonces que, la Sala Especializada del TEPJF, aludiera que personal de Comunicación Social y de la Corporación Oaxaqueña de Radia y Televisión (CORTV), los cuales transmiten en vivo, tienen una responsabilidad en la vulneración a los principios constituciones de imparcialidad y el uso de recursos públicos con fines electorales.
Vásquez Sagrero, justificó que el personal de comunicación y la CORTV están en el cumplimiento de su deber realizando la transmisión de las conferencias del gobernador del estado.
El abogado del gobierno del estado, afirmó que, es una excluyente de responsabilidad que, en un programa en vivo como las conferencias de prensa, se les pueda imputar una responsabilidad al ciudadanos que cumplen con su trabajo.
“Lo que ustedes preguntan es a criterio a cada una de ustedes y uno de ustedes”, matizó a los comunicadores.
Vásquez Sagrero, refirió que inicialmente, el proyecto de sentencia del magistrado, De la Mata Pizaña, establecía que no podía condenarse a los integrantes de la coordinación de comunicación social ni de la CORTV, por una excluyente de responsabilidad.
En el caso del gobernador, Jara Cruz, refirió que, se dio en un debate, respondiendo a los calificativos denostativos clasistas y racistas de la todavía no candidata (del PAN-PRI-PRD, Xochitl Gálvez Ruiz), contra la ciudadanía oaxaqueña, el pasado 21 de agosto, cuando no iniciaba el proceso electoral.
Explicó que los Procedimientos Especiales Sancionadores (PES), en materia electoral, solamente se investigan e instruyen durante los procesos electorales. En ese momento no había proceso electoral y en ese momento (Gálvez Ruiz), era senadora.
Vásquez Sagrero, justificó que como senadores, están expuestos a un debate político y a un ejercicio de libertad de expresión y quien representa a las y los oaxaqueños, salió a decir que, los y las oaxaqueñas, “no somos flojos, Oaxaca es pueblo trabajador”, matizó.
Afirmó que, lo sucedido en la Sala Superior del TEPJF, en un proyecto que revocaba la sentencia de la Sala Especializada, por diferendos internos que se vieron en la sesión, el magistrado De la Mata Pizaña, en ese momento afirmó que estaba convencido de un principio llamado “in dubio pro reo”, es decir, en caso de duda, se favorecerá al imputado y se absolverá.
“El magistrado decía que tenia duda por lo tanto absuelvo. Pero si hay teorías de conspiración o chismes, así los dijo el ponente (de la Mata Pizaña), cambio mi sentido y que se emita el sentido de manera distinta y ahí la sala superior determino (en contra)”, cuestionó.
En descargo de su jefe político y el funcionariado que será sancionado, Vásquez Sagrero, argumentó que no puede existir “mordaza” para la libertad de expresión y en el marco del un proceso electoral se debe defender ese derecho.
Citó la frase de François-Marie Arouet, mejor conocido como Voltaire: “decía que, podría no estar de acuerdo con lo que dices pero daría mi vida por tu derecho a decirlo”. El consejero jurídico, afirmó que eso es un principio máximo de la democracia y un tribunal constitucional no puede vulnerar.
Adelantó entonces que, las vistas que hace la Sala Superior del TEPJF serán combatidas y por tanto si pidió que se implementen los procedimientos de responsabilidad, será el derecho administrativo donde aportaran pruebas, defenderse y alegar pruebas a favor del mandatario y su funcionariado.
“Los tribunales constitucionales a veces tienen la ultima palabra pero no siempre tiene la razón”, remató.
El pasado mes de noviembre, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que Jara Cruz, y diversas personas servidoras públicas, hicieron uso indebido de recursos públicos y vulneraron los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad con motivo de la difusión y transmisión de una conferencia de prensa realizada el pasado 21 de agosto.
Lo anterior, porque las expresiones del mandatario tuvieron como finalidad disuadir el apoyo en favor de Xóchitl Gálvez y del proceso interno del Frente Amplio por México, en el cual ella participaba.
Las manifestaciones denunciadas, entre otras, son: “¿qué vendría para nuestro país si nos representara el día de mañana allá, en Palacio Nacional? Toco madera, no va a llegar ¿Verdad?”; “ya lo dijo Quadri, el diputado federal, que Oaxaca, Guerrero y Chiapas, deberían desaparecer… que brutos son ¿Verdad?”.
El gobernador y diversos funcionarios públicos de Oaxaca impugnaron la resolución de la Sala Regional al considerar que, en su concepto, incorrectamente se acreditó la existencia de un equivalente funcional (una forma no expresa de llamar a votar), no se justificó el elemento de trascendencia al electorado y no se tomó en cuenta que las expresiones denunciadas se emitieron dentro de un contexto de debate político y de contraste de ideologías.
En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, determinó que el gobernador emitió señalamientos negativos en el marco de un proceso interno partidista, con el propósito de influir en la voluntad de la ciudadanía para optar por una fuerza política, lo cual tiene prohibido conforme a lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Federal y 15 de los Lineamientos Generales emitidos en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia SUP-JDC-255/2023 y acumulado.
Además, el pleno consideró que también se acreditó la existencia de uso indebido de recursos públicos por parte del gobernador y otras personas del servicio público, derivado de la transmisión de la conferencia matutina en los diversos medios de comunicación oficial del gobierno de Oaxaca.
Por esta conducta, la Sala Superior del TEPJF, avaló dar vista al Congreso de Oaxaca para que determine lo que en derecho corresponda.
Por la difusión de la conferencia de prensa en cuyo marco se realizaron los comentarios fueron responsabilizados la coordinación de Comunicación Social del gobierno de Oaxaca; Óscar Javier Mateos Mendoza, director de Comunicación Digital, y Gildardo Arturo Elorza García, jefe de Departamento de Comunicación Digital, ambos de la Coordinación de Comunicación Social del gobierno de Oaxaca.
También se declaró la responsabilidad de Eulogio Daniel Hernández Juárez, director general; Maribel Mendoza Ramírez, encargada de despacho de la Dirección de Noticias y, Gabriela Ruiz Espinoza, auxiliar nivel 01, adscritos a la Corporación Oaxaqueña de Radio y Televisión.
En estos casos se ordenó dar vista a la Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública del estado de Oaxaca para que determine lo que en derecho corresponda.