Redacción El Piñero
El artículo 39 de la Constitución dice: “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.
El pueblo decidió en las urnas cambiar la forma del Poder Judicial, para que el Poder Judicial dimane directamente del pueblo. Por eso, será elegido en urnas al igual que los otros dos Poderes.
La Reforma Judicial es un hecho histórico de transformación del poder en cumplimiento del mandato constitucional.
Felicitaciones a las y los legisladores por su voluntad y determinación reformadora.