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Masca la Iguana: ¿Trabajo infantil? Depende

El Piñero

“Jamás el esfuerzo desayuda a la fortuna.”

Fernando de Rojas (1465-1541) Escritor español autor de La Celestina.

Luis Fernando Paredes Porras

Omar estudia la secundaria y trabaja como ayudante de su padre que es albañil. Lo miré cernir la arena y pensé en que la Constitución mexicana tipifica como delito el trabajo infantil antes de los 15 años de edad – artículo 123, apartado A, fracción III -, y también reflexioné en que, como en todo, hay niveles. Por eso me acerque sin prejuzgar a dialogar con el adolescente para tratar de discernir, de trabajar en la construcción del pensamiento.

El diccionario indica que discernir significa: distinguir por medio del intelecto una cosa de otra o varias cosas entre ellas. Eso mismo realizaba Omar, separaba la arena fina de las piedras que afectan a la calidad de la mezcla. La analogía de estos hechos, el de la construcción y el proceso de pensar, siempre me han maravillado y con ese asombro le busqué la plática al chalán, al aprendiz.

Hay temas que facilitan el rasgarnos las vestiduras y el trabajo infantil es uno de ellos. Existen puristas que consideran que la infancia no deberían realizar ninguna actividad que consideren trabajo y quienes anteponemos un “depende” a la pregunta ¿es conveniente que una niña, un niño o un adolescente trabaje? Como en muchas cosas en la vida, para mi opinión, depende de la intención y eso también lo consideran diversas legislaciones en el mundo.

En el portal de la UNICEF México se lee: Existe la creencia relativamente extendida en México de que el trabajo infantil es inevitable, aceptable e incluso bueno para la formación de niños, niñas y adolescentes. El trabajo infantil constituye una violación de los derechos de niños, niñas y adolescentes, especialmente del derecho a estar protegido contra la explotación, al sano crecimiento, a la educación, al juego, la cultura y el deporte. Es decir, a desarrollarse plenamente. En estos momentos, muchos hogares se enfrentan a la caída de sus ingresos o incluso a la pérdida de empleos. Ante esta situación, el trabajo infantil puede suponer un apoyo a la economía familiar. Datos oficiales del año 2007 indican que en México uno de cada ocho niños entre los cinco y los 17 años trabaja, lo cual da una suma superior a los tres millones y medio de niños y niñas en ese rango de edad.

En nuestro país el trabajo infantil, por nuestra cultura, dice la UNICEF “ es un problema grave en el contexto de la sociedad mexicana”. Por ello “Una de las prioridades de trabajo de UNICEF se centra en la erradicación del trabajo infantil. Todos los niños y niñas deben ir a la escuela y tienen el derecho a desarrollar su potencial sin tener que trabajar. Pero sin datos actualizados y confiables sobre trabajo infantil, y sin un conocimiento veraz de las causas, es difícil elaborar una política de protección integral de la infancia, que conduzca a su erradicación”.

 

También en línea se puede consultar un documento de la misma UNICEF que nos brinda más luz sobre el tema: [1]

 

DERECHOS HUMANOS

Las Convenciones 138 (1973) y 182 (1999) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) definen como trabajadores infantiles a los menores de 12 años que realizan actividades remuneradas, a los de 12 a 14 años que realizan trabajos más que livianos, y a todos los niños y niñas sometidos a las peores formas de trabajo infantil, por medio de las cuales se les esclaviza, se les recluta a la fuerza, se les prostituye, se les somete a la trata, se les obliga a cometer actividades ilegales o se les pone en peligro. El artículo 32 de la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) exige el reconocimiento del “derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.” En marzo de 2006, 143 países ratificaron la Convención 138, que ajustaba la edad mínima para trabajos de tipo general, leves o peligrosos, y 158 países ratificaron la Convención 182 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil.

 

Es decir, con relación a la pregunta ¿es conveniente que las niñas, niños o adolescentes trabajen? Depende de si con la actividad que realicen se les esclaviza, se les recluta a la fuerza, se les prostituye, se les somete a la trata, se les obliga a cometer actividades ilegales o se les pone en peligro, si es así  determinante que NO es conveniente que lo trabajen y todos debemos accionar para que se erradiquen estas formas de explotación. Por otro lado, existen circunstancias como las que en el momento de la entrevista con Omar se daban, un ambiente formativo ya que en la realidad diversa, los niños realizan una gama amplia de tareas y actividades, entre ellas lo que califican como “trabajo”.

La definición de trabajo infantil es para la Organización Internacional del Trabajo, de acuerdo a lo que se lee en su portal:

“No todas las tareas realizadas por los niños deben clasificarse como trabajo infantil que se ha de eliminar. Por lo general, la participación de los niños o los adolescentes en trabajos que no atentan contra su salud y su desarrollo personal ni interfieren con su escolarización se considera positiva. Entre otras actividades, cabe citar la ayuda que prestan a sus padres en el hogar, la colaboración en un negocio familiar o las tareas que realizan fuera del horario escolar o durante las vacaciones para ganar dinero de bolsillo. Este tipo de actividades son provechosas para el desarrollo de los pequeños y el bienestar de la familia; les proporcionan calificaciones y experiencia, y les ayuda a prepararse para ser miembros productivos de la sociedad en la edad adulta. El término “trabajo infantil” suele definirse como todo trabajo que priva a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico.  Así pues, se alude al trabajo que: es peligroso y prejudicial para el bienestar físico, mental o moral del niño; interfiere con su escolarización puesto que les priva de la posibilidad de asistir a clases, les obliga a abandonar la escuela de forma prematura, o les exige combinar el estudio con un trabajo pesado y que insume mucho tiempo”.

 

Cuándo calificar o no de “trabajo infantil” a una actividad específica dependerá de la edad del niño o la niña – dice la OIT-  el tipo de trabajo en cuestión y la cantidad de horas que le dedica, las condiciones en que lo realiza, y los objetivos que persigue cada país. La respuesta varía de un país a otro y entre uno y otro sector.

 

Observó la actitud de Omar, el adolescente de secundaria,  mientras separa la arena fina por instrucciones de su padre, el maestro albañil, y reflexiono sobre mi hijo y su trabajo ahora que me está ayudando, a sus 4 años y tres meses de edad, a la construcción de un gallinero.

La iguana me contó, cuando le platiqué de Omar días después, que cuando salió del huevo – la iguana –  lo logró gracias a que se esforzó, que desde ese primer instante considera que trabaja obedeciendo a su instinto y se pone a mascar después de preguntarme ¿qué cosa es eso de discernir? ¿Para qué te subes más a tú árbol preferido? la cuestiono poniendo a trabajar a su reptiliano cerebro, y la verdosa sentencia, “porque me conviene”, ¡ah, pues eso es!, le respondo, y ella sonríe sin trabajo alguno.

[1](https://www.unicef.org/spanish/protection/files/FactSheet_child_labour_sp.pdf)

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