Jaime GUERRERO
Oaxaca.- La LXIII Legislatura, reformó la ley orgánica del Poder Ejecutivo, para darle a la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo, controlar el Monte de Piedad, el hangar de gobierno, la casa oficial y la Coordinación de Giras del Gobernador, Alejandro Murat Hinojosa.
En las reformas a la Ley del Monte de Piedad, se reestructura su Consejo de Administración, para que su presidente sea el secretario de Finanzas del gobierno del estado, Jorge Gallardo Casas, y no Murat Hinojosa.
Además se integran como vocales con derecho a voz y voto al consejo, el consejero jurídico del gobierno del estado, Ángel Alejo Torres; los secretarios de Economía, Jesús Rodríguez Socorro; Administración, Javier Villacaña Jiménez; y Salud, Gabriela Velásquez Rosas; el coordinador estatal de Protección Civil y el titular del sistema integral de la familia DIF Oaxaca, así como un comisario que será el titular de la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, José Ángel Díaz Navarro.
En las reformas a la Ley del Poder Ejecutivo del Estado, se estableció que la secretaría de finanzas le corresponda coordinar, supervisar y evaluar las actividades y resultados del Monte de Piedad.
Además de atender los mecanismos de vigilancia y supervisión conjunta con la áreas involucradas en la planeación, organización y ejecución de las giras de trabajo y eventos especiales del gobernador; administrar el hangar oficial del gobierno del estado y administrar la casa oficial. Responsabilidades que tenía la secretaría de Administración.
El comisario y el secretario técnico, que será el director del Monte de Piedad, tendrán derecho a voz, pero no a voto.
En Consejo de Administración tiene entre sus atribuciones aprobar la constitución de reservas y aplicación de excedentes financieros del Monte de Piedad; aprobar las tasas de interés que se cobrarán por los préstamos prendarios, y el monto de las comisiones por los demás servicios que preste el Monte de Piedad; proponer a la Secretaría de Administración para su autorización los nombramientos, sueldos, salarios y demás prestaciones que deban cubrirse al personal técnico, administrativo o manual del Monte de Piedad, entre otras.
Se establece también que cada integrante propietario del consejo podrá acreditar un suplente mediante oficio que expida el miembro propietario dirigido al presidente del consejo de administración.
El cargo de suplente es indelegable, por lo que en las sesiones no podrá acreditarse representantes de este.