Jaime GUERRERO
Oaxaca.- A petición del Gobernador, Alejandro Murat Hinojosa, la LXIII Legislatura, reformó la ley organica del Poder Ejecutivo, para modificar la nomenclatura de la Secretaría de Vialidad y Transporte, para convertirla en la Secretaría de Movilidad.
Tras un ríspido debate entre los diputados de Morena, Fernando Lorenzo Estrada, quien protagonico pedia explicaciones para el pueblo de Oaxaca, porque existían dos dictámenes, 1 con firmas y otro no, la reforma fue aprobada con 25 votos a favor de los diputados del PRI, PAN, PRD, PT, PVAM, y PUP. Votaron en contra, 8 diputados de Morena.
El Presidente de la Mesa Directiva, Jesús Romero López, aún cuando voto en contra, justificó que la existencia de dos dictámenes, obedecía a que el dictamen firmado lo pasaron a destiempo.
En el dictamen se establece que a la Secretaría de Movilidad, le compete celebrar convenios de colaboración en materia de movilidad, vialidad y transporte con los gobiernos federal, estatal y municipal, a fin de lograr el mejoramiento y modernización del sector.
Coordinar los programas de Movilidad, Transporte y Vialidad en la entidad, que realice directamente o en forma concertada con la federación o los municipios; regular, dirigir, planear y controlar el uso adecuado y funcional de las comunicaciones terrestres y del servicio de transporte en el Estado.
Realizar las tareas relativas a la ingeniería de tránsito y transporte en el Estado, autorizando las modificaciones e interrupciones temporales a las mismas con motivo de la realización de obras y eventos públicos o privados, coordinando las acciones que deban llevarse a cabo para su debida atención.
Proponer a la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable las políticas y programas relativos a la construcción y mantenimiento de obras de transporte y vialidad.
Promover, vigilar y planear que los servicios de transporte de pasajeros y de carga en el Estado de Oaxaca, se efectúen con apego a la Ley de la materia.
Conocer, iniciar e instruir los trámites y procedimientos para otorgar, negar, revocar, cancelar, suspender, modificar, prorrogar, renovar, aprobar y dar por terminadas, según corresponda, las concesiones y permisos, para la explotación de vialidades de jurisdicción estatal, que otorgue el Gobernador del Estado, en términos de la Ley de la materia, así como, ejercer, en su caso, el derecho de reversión.
Corresponderá a la Secretaría de Movilidad, expedir la documentación para la prestación del servicio de transporte y vialidad, prevista en la Ley y los reglamentos de la materia de movilidad; dirigir, coordinar y controlar la ejecución de programas relativos a la construcción y reparación de las obras de transporte y vialidad, en coordinación con la Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable.
Así como, evaluar los proyectos que se formulen, utilizando indicadores que muestren su factibilidad económica y social y aseguren el cumplimiento de las disposiciones en materia de impacto ambiental y de riesgo para la población.
Realizar los estudios necesarios sobre transporte y circulación multimodal, a fin de lograr una mejor utilización de las vías y de los medios de transporte correspondientes, que conduzcan a la más eficaz protección de la vida y a la seguridad, a la protección del ambiente, comodidad y rapidez en el transporte de personas y de carga.
En la misma reforma los diputados, modificaron, el artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, para establecer que al tomar posesión del cargo los servidores públicos que de acuerdo a sus facultades así lo requieran, así como los notarios públicos, deberán registrar su firma y sello en la Consejería Jurídica del Gobierno del Estado, y otorgar fianza cuando las leyes así lo establezcan, ya que establecía que dicho proceso de registro debía llevarse a cabo en la Secretaria General de Gobierno.
Así mismo, la Dirección de Tecnologías de la Información que pertenecía a la Secretaría de Administración, pasó a formar parte de la Secretaría de Finanzas.