Redacción | El Piñero
Oaxaca. – Seis años de prisión y 300 veces la unidad de medida y actualización, se aplicará de sanción a quien cometa el delito de Violencia de Pareja, mediante reforma aprobada por el pleno de la LXV Legislatura.
La reforma se dio al Código Penal de Oaxaca y la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, se busca reconocer la violencia contra las mujeres por razón de género en el ámbito de pareja.
El Congreso de Oaxaca señaló que se busca “establecer medidas para prevenir y actuar ante la violencia en el noviazgo y relaciones análogas (similares), que afecta mayoritariamente a las jóvenes”.
La iniciativa de reforma refirió que de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), hay una mayor prevalencia de violencia contra las mujeres de 15 años y más a lo largo de la vida por parte de su pareja que de la violencia familiar.
La modificación fue a los artículos 8, 9 y 51 de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género; así como una reforma al artículo 404 y se agrega el capítulo VII denominado “violencia de pareja” al “Título Vigésimo Segundo. Delitos contra el derecho a una vida libre de violencia”, el cual contiene un artículo nombrado 412 Octies.
El artículo 412 Octies del Código Penal de Oaxaca define que, “la violencia de pareja, es el acto abusivo de poder, dirigido a dominar, someter, controlar, humillar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial o contra los derechos sexuales a la víctima, cuyo activo tenga o haya tenido relación de noviazgo, sentimental, afectiva, íntima o de hecho equiparable”.
También establece que “quien cometa el delito de violencia de pareja se le impondrá de uno a seis años de prisión y multa de 100 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”.