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Por vigencia de reforma a ley orgánica del TEEO, magistrado López Vásquez continuará en funciones; persiste omisión del Senado

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Jaime GUERRERO | El Piñero

 El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) informa que el Maestro Raymundo Wilfrido López Vásquez, continuará en este Órgano Jurisdiccional, como Magistrado en funciones por Ministerio de Ley.

A través de un comunicado, ese órgano jurisdiccional, informó que mediante el acuerdo general 07/2022, el Pleno de este Tribunal señaló que, con esta determinación,  cumple con los términos previstos en el artículo 28 Bis de la Ley Orgánica del TEEO, aprobados el 24 de agosto del año en curso, por la Sexagésima Quinta Legislatura Constitucional del Estado de Oaxaca, mediante el Decreto 677, y publicado el 2 de diciembre pasado en  el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca.

López Vásquez concluyó el periodo de siete años por el que fue designado, el 9 de diciembre de 2015, como Magistrado Electoral, por parte del Senado de la República.

El Pleno refirió que al día de hoy, esa autoridad legislativa federal no ha emitido la convocatoria respectiva para designar a quien deba sustituirlo en el cargo.

De conformidad con el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, el Pleno está integrado por tres Magistraturas, para cumplir con  la función establecida en la ley,  de garantizar la impartición de  justicia en materia electoral, así como, dotar de certeza y seguridad jurídica respecto de las actuaciones de este Órgano Jurisdiccional.

Y es que por  instrucción del Gobernador, Salomón Jara Cruz, se publica en Periódico Oficial del Gobierno, reforma a ley orgánica del TEEO, que prorroga cargo del magistrado, Raymundo Wilfrido López Vázquez, hasta en tanto el Senado de la República, designe a las magistraturas vacantes.

De paso, frenan discrecionalidad de la actual magistrada presidenta, Elizabeth Bautista Velasco.

El pasado mes de octubre, la LXV Legislatura, aprobó el dictamen de reforma a la Ley Orgánica del TEEO para prorrogar la permanencia de magistraturas que una vez vencidas, y no hayan sido designadas por el Senado de la República, puedan continuar en el cargo hasta en tanto la Cámara Alta, realice el proceso de designación.

Además con esa reforma, se frenará la discrecionalidad de presidenta del TEEO, Elizabeth Bautista Velasco en las designaciones directas de “secretarías en funciones de magistradas”, como lo hace habitualmente, asumiendo facultades del Senado de la República.

Frente la omisión del Senado en designar a una magistratura vacante en el TEEO y de cara al vencimiento del cargo del magistrado, Wilfrido Raymundo López Vázquez -éste mes de diciembre-, se público esa reforma y con ello, entra en vigor.

Y es que el legislativo, avaló una adición al artículo 28 Bis a la Ley Orgánica del Tribunal electoral del Estado de Oaxaca; para quedar como sigue:

“Artículo 28 Bis. Para el caso de que concluya el periodo para el que fue designado un Magistrado o Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, y el Senado de la República no haya hecho la designación de la persona que deba sustituirlo en el cargo, aquel o aquella continuará desempeñando el cargo de Magistrada o Magistrado Electoral, hasta en tanto el Senado de la República haga la designación correspondiente”.

Además de prorrogar las magistraturas, se frenaría la discrecional designación directa de la magistrada presidenta del TEEO, Elizabeth Bautista Velasco, de “secretarías en funciones de magistradas”, como lo hace habitualmente, asumiendo facultades del Senado de la República.

Actualmente el TEEO, se encuentra integrado únicamente por dos Magistraturas nombradas por el Senado de la República en términos de lo dispuesto por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, desde hace un año y cinco meses.

Y es que mediante sentencia del pasado 4 de febrero de 2021, dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó el acuerdo de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República del 10 de diciembre de 2020, mediante el cual aprobó la designación de Heriberto Jiménez Vásquez, como magistrado del TEEO, a fin de que el Senado de la República designara a una de las aspirantes que participaron en el proceso de selección y que cumplieron con los requisitos de elegibilidad.

Hasta el día de hoy el Senado de la República, no ha dado cumplimiento a lo ordenado por la Sala Superior del TEPJF, es decir, no ha hecho la designación de Magistrada electoral, de entre las aspirantes que participaron en el proceso de selección que cumplieron con los requisitos de elegibilidad.

Lo anterior ha generado que el Pleno del TEEO haya implementado los mecanismos internos correspondientes a efecto de cubrir esa vacante con personal de dicha institución. 

Así, el pasado 6 de febrero de 2021, mediante el acuerdo general 1/2021, el Pleno de ese órgano jurisdiccional, habilitó a Miguel Ángel Ortega Martínez, entonces Secretario General, para que asumiera funciones de Magistrado; acuerdo general que quedó sin efectos, por otro acuerdo tomado en sesión privada el 29 de julio de 2021, fecha en que en lugar de Ortega Martínez, se habilitó a la Secretaria de Estudio y Cuenta Licenciada Lizbeth Jessica Gallardo Martínez, como Magistrada en funciones.

Todas por decisiones unilaterales de Bautista Velasco.

La forma de cubrir las vacantes tanto temporales como definitivas en términos de lo dispuesto por la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, en su artículo 27 establece que las vacantes temporales que excedan de tres meses por parte de alguna Magistrada o Magistrado, serán cubiertas por la Coordinadora o Coordinador de Ponencia o por la Secretaria o Secretario de Estudio y Cuenta que designe la Presidenta del Tribunal.

El artículo 28 establece que las vacantes definitivas de alguna Magistrada o Magistrado, será comunicada a la Cámara de Senadores para que provea el procedimiento de sustitución que prevé la Ley General; aclarando, además, que las vacantes temporales que excedan de tres meses, serán consideradas como definitivas.

Para el legislativo,  en realidad solo se encuentra regulada la forma de cubrir las vacantes temporales de un Magistrado o Magistrada Electoral, que serán cubiertas por la Coordinadora o Coordinador, Secretaria o Secretario de Estudio y Cuenta, que designe la Presidenta del Tribunal.

Sin embargo, después de tres meses, esa vacante automáticamente se convierte en definitiva; y para el caso de vacantes definitivas, el artículo 28, únicamente establece que ello debe comunicarse a la Cámara de Senadores, para que provea el procedimiento de sustitución que prevé la Ley General. 

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