* Con lo anterior se prioriza la atención y resolución oportuna de los asuntos que sean planteados ante los juzgados laborales dentro de su jurisdicción, buscando que el nuevo sistema de justicia laboral sea posible presupuestal y administrativamente.
San Raymundo Jalpan, Oax., 20 de Noviembre de 2019.- Presenté ante el Pleno legislativo de la XLIV Legislatura la creación de la primera instancia judicial en materia laboral; se trata de la implementación de cuando menos cinco juzgados laborales de lo individual, encargados de impartir justicia en todo el territorio oaxaqueño; éste número se propone a efecto de hacer posible presupuestalmente la operación del nuevo sistema de justicia en materia laboral, mismo que busca acercar la justicia a todas las regiones de nuestro estado, así lo informó la diputada del distrito 13 Oaxaca Sur, Hilda Graciela Pérez Luis.
La representante popular destacó que también propone la creación de un Juzgado Laboral de lo Colectivo para que resuelva las controversias suscitadas entre los sindicatos y los patrones; la sede de este juzgado sería en la ciudad de Oaxaca de Juárez o en su zona metropolitana.
Con lo anterior se prioriza la atención y resolución oportuna de los asuntos que sean planteados ante los juzgados laborales dentro de su jurisdicción, buscando que el nuevo sistema de justicia laboral sea posible presupuestal y administrativamente.
Cabe señalar que la propuesta de la creación de juzgados está diseñada de acuerdo a la estructura orgánica que guarda el Poder Judicial en nuestra entidad, se trata de juzgados de primera instancia, que serán especializados en materia laboral; por lo que distinto a la denominación que les da la Ley Federal del Trabajo, en el caso particular de Oaxaca se establecen como juzgados de lo laboral.
Hilda Luis destacó que la razón, ahora de dividir los juzgados de lo individual y el juzgado de lo colectivo, recae en que las acciones ejercidas en los primeros, las realizan personas físicas que buscan el acceso a la justicia laboral, lo que implica un ejercicio del negocio judicial personal o a través de apoderado legal.
En tanto en el segundo se trata del ejercicio de la acción a través de sindicatos o confederación que tienen en su propia estructura un área jurídica encargada de las controversias; además la mayoría de sus representaciones se encuentran ubicadas en la capital del Estado o en su caso tienen posibilidades mayores de trasladarse hasta la sede del juzgado donde se sustancian las controversias en las que son parte; no así, en los casos del trabajador individual, que implica deje sus actividades económicas o erogue gastos que pueden limitarle el acceso a la justicia laboral, explicó la legisladora.
La también presidenta de la Comisión Permanente de Trabajo y Seguridad Social en el Congreso del Estado, señaló que por lo que respecta a derogar al Centro de Conciliación Laboral del apartado B del artículo 114 de nuestra Constitución local, la razón recae en que la LXIII Legislatura lo estipuló dentro de los órganos constitucionalmente autónomos; sin embargo, la naturaleza jurídica que le dio la reciente reforma laboral, es de la de un organismo público descentralizado; esto de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 590-F de la Ley Federal del Trabajo.
Para concluir Pérez Luis dijo, que la vigencia del decreto que se plantea se encuentra sujeta a las disposiciones del orden federal; sin embargo, se busca que Oaxaca sea una de las primeras entidades federativas que haga efectivo el nuevo sistema de justicia laboral, tanto en su instancia conciliadora como en su instancia jurisdiccional, priorizando siempre la defensa de los derechos laborales de las y los trabajadores.