Jaime GUERRERO
La Cámara de Diputados aprobó en lo general y particular la iniciativa del Presidente, Andrés Manuel López Obrador, para modificar los artículos 116 y 127 de la Constitución, que establecen que ningún servidor público del gobierno federal u órganos autónomos ganarán más que el titular del Ejecutivo Federal.
Con 318 votos a favor del Grupo Parlamentario de Morena y sus aliados; 12 en contra y 99 abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general la iniciativa del presidente y ahora pasa al Senado de la República.
Actualmente existen cinco mil 165 amparos contra esta Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos que les impide ganar más de 108 mil 744 pesos mensuales, que es el salario de López Obrador.
Estas quejas fueron promovidas contra el texto original de noviembre pasado, así como por la reforma que se publicó el pasado 19 de abril, las cuales buscan revertir el tope salarial que propone el gobierno mexicano, que sería obligatorio no sólo para los funcionarios dependientes del Ejecutivo Federal, sino también a organismos autónomos y descentralizados.
Dicha propuesta establece criterios para que cada dependencia tenga su tabulador en el que se especifiquen las responsabilidades de cada funcionario, y a partir de eso, determinar su sueldo mensual.
El documento aprobado éste jueves en la Cámara de Diputados Federal, señala, en sus artículos transitorios, que las remuneraciones de los funcionarios que sean superiores a lo que establece el decreto deberán ser disminuidas al año siguiente de aquél en que entre en vigor la reforma, siempre y cuando se haya cumplido con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que ordena al Congreso de la Unión corregir la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos y aclarar cómo se debe calcular el sueldo del presidente de la República.
Primero el Pleno lo aprobó por mayoría calificada, en lo general, con 318 votos a favor, 12 en contra y 99 abstenciones. Posteriormente, votó en lo particular los artículos 116 y 127 con 322 votos en pro, 21 en contra y 81 abstenciones.
El documento surgió de tres iniciativas que presentaron, por separado, la diputada Dulce María Sauri Riancho (PRI); la diputada María Chávez Pérez (Morena), y López Obrador.
En el artículo 116 –que ordena a los entes públicos estatales incluir en sus proyectos de presupuesto sus tabuladores de percepciones– se incluye a las personas de derecho público y a los órganos autónomos como sujetos que deben cumplir con lo establecido en este precepto.
En el artículo 127 se agregan a las personas de derecho público y a los órganos con autonomía –estatales y federales– dentro del grupo de entes públicos, cuyos servidores deben sujetarse al mandato de que no pueden ganar más que el Ejecutivo federal.
El artículo Segundo Transitorio señala que las remuneraciones de las personas contempladas en el primer párrafo del artículo 127 de la Constitución “que sean superiores al límite máximo establecido en el presente decreto deberán ser ajustadas o disminuidas en los presupuestos de egresos correspondientes al ejercicio fiscal del año siguiente a aquél en que haya entrado en vigor el presente decreto y siempre que se haya dado cumplimiento a la sentencia del 20 de mayo emitida por el Pleno de la SCJN en la Acción de inconstitucionalidad 105/2008 y su acumulada 108/2018”.
El precepto Cuarto Transitorio estipula que el Congreso de la Unión deberá realizar reformas a la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos a más tardar en un plazo de 120 días a partir de la entrada en vigor del decreto.
En la reforma se deberá establecer el organismo técnico responsable de los estudios para definir los parámetros, elementos y procedimientos relativos a las remuneraciones de los servidores públicos, a efecto de que emita una opinión fundada y motivada a la Cámara de Diputados.
En tribuna, la presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, Miroslava Carrillo Martínez (Morena), señaló que las remuneraciones que perciben algunos servidores públicos son altas respecto de los tabuladores generales vigentes en el sector público y las que reciben sus pares en otros países.
Asimismo, dijo, no se ajustan a la reforma constitucional de 2009 que establece que ningún servidor público pueda tener un ingreso mayor que el del titular del poder Ejecutivo.
Aseguró que la nueva reforma tiene el objetivo de fortalecer los principios constitucionales y modificar su ley secundaria, y se presenta bajo los principios de austeridad y racionalidad en el gasto.