Jaime Guerrero | El Piñero
El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) restituyó al síndico municipal de Eloxochitlán de Flores Magón, Federico Álvarez Guerrero, con todos los derechos y prerrogativas inherentes al cargo.
Mediante la resolución del juicio con clave JDC/123/2024, reencauzado a Juicio para la Protección de los Derechos político-electorales de la Ciudadanía en el régimen de los Sistemas Normativos Internos (JDCI), se determinó que la renuncia presentada por el actor ante la asamblea general comunitaria carece de efectos jurídicos debido a vicios en su voluntad y a que no fue ratificada ante el Congreso del Estado.
En consecuencia, el Tribunal ordenó al presidente municipal del Ayuntamiento, el pago de las prestaciones que demanda el síndico municipal.
Revoca acuerdo del IEEPCO que desestima violencia digital
En el juicio ciudadano: JDC/233/2024, este Órgano Jurisdiccional revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (@IEEPCO) porque desestimó una queja presentada por una ciudadana, relativa a publicaciones en la red social Facebook.
El Instituto concluyó que los hechos denunciados correspondían a actos de violencia digital, lo cual quedaba fuera de la competencia en materia electoral, y que no se advertía una afectación a los derechos político-electorales de la quejosa.
Al respecto, el TEEO expuso que la Comisión de Quejas realizó un análisis indebido, al considerar que los hechos denunciados encuadraban únicamente en la violencia digital, sin matiz de violencia política en razón de género.
Advirtió que la violencia digital es una modalidad en la que puede ejercerse la violencia política en razón de género, por lo cual reviste competencia en materia electoral.