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Revictimizante, el Padrón de Beneficiarios de Pensión Alimenticia, creado por el TSJE: autora de Ley Sabina

El Piñero

Jaime GUERRERO

La activista e impulsora de la “La Ley Sabina”, Diana Luz Vásquez Ruiz, calificó como revictimizante, el Padrón de Beneficiarios de Pensión Alimenticia, creado por el Tribunal Superior de Justicia de Oaxaca.

La también autora de libro “Salvavidas para  las Madres Autónomas”  un Manual Para Maternar en Solitario y saber qué hacer en una situación complicada y en la que las mujeres se sienten vulnerables, cuestionó que el registro público de #DeudoresAlimentarios sigue sin operar  de manera efectiva.

“Esto es tremendamente REVICTIMIZANTE. No se hacen padrones de VÍCTIMAS sino de VICTIMARIOS. Pésima la titular del @tsjoaxaca y sus “grandes ideas” ¿Para cuándo el registro público de #DeudoresAlimentarios?”, escribió Vásquez Ruiz en su cuenta de la red social X.

De acuerdo a la activista que ha emprendido una travesía a lo largo y ancho del país, en defensa de los derechos de madres e infancias, cuestionó que la titular del Poder Judicial de Oaxaca, Berenice Ramírez Jiménez, no “entienda” que el padrón de beneficiarios debe ser interno y no garantiza el pago de la pensión.

“La titular del @tsjoaxaca @MagistradaBRJ no entiende que su registro mal llamado de “beneficiarios” (como si fueran apoyos con fondos públicos) debería ser INTERNO, y por otro lado, esos supuestos beneficios son meramente operativos porque NO GARANTIZAN el pago de pensión #Oaxaca”, plasmó.

En la víspera, el TSJE anunció que, con la finalidad de hacer valer el derecho a la pensión alimenticia para niñas, niños y adolescentes, invitaba a inscribirte en “el Padrón de Beneficiarios de Pensión Alimenticia la cual brinda atención expedita, transparente, eficaz y de calidad”.

“Como parte de las políticas públicas impulsadas por la titular del Poder Judicial del Estado, magistrada Berenice Ramírez Jiménez, a través de la modalidad de transferencia electrónica, se agiliza y simplifica el reintegro de depósitos por concepto de pensión alimenticia o garantía de alimentos a las y los usuarios inscritos en el Padrón de Beneficiarios de Pensión Alimenticia, evitándolesriesgos y gastos innecesarios”, difundió el Poder Judicial.

Ese mecanismo fue reprobado por Vásquez Ruiz.

En los Juzgados Civiles y Familiares del Distrito Judicial del Centro dio inicio la campaña de inscripción al Padrón de Beneficiarios y entrega a juezas y jueces en materia familiar de material informativo sobre el proceso.

Para acceder a ese beneficio, la persona interesada presentará por única ocasión una promoción en la Oficialía de Partes del Juzgado que corresponda, solicitando el pago de pensión alimenticia vía transferencia, anexando una identificación oficial vigente, así como una copia simple de la carátula de su estado de cuenta o apertura de cuenta.  

Es necesario que el documento cuente con información como nombre de la institución bancaria; número de sucursal; número de cuenta de depósito a nombre de la persona beneficiaria; CLABE interbancaria de 18 dígitos y el RFC del beneficiario; así como contar con un correo electrónico vigente.

Por lo pronto, Vásquez Ruiz, recordó que en marzo de 2023, el Congreso del país aprobó la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios como parte de la iniciativa de la Ley Sabina, el cual documentará los nombres y apellidos de hombres que se niegan a pagar la pensiónalimenticia a sus hijos.

Para ello se reformó el artículo 103 de la Ley General de las Niñas, Niños y Adolescentes, para garantizar los derechos de las y los menores de edad.

Este registro evitará que los deudores puedan salir del país, tramitar documentos oficiales como licencias de manejo, comprar inmuebles y ocupar cargos populares en el país. 

Tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 8 de mayo de 2023, el Sistema Nacional DIF, tenía un plazo de 300 días hábiles para la implementación y operación de este registro, los cuales se cumplían el pasado 2 de marzo de 2024, de acuerdo con la Dirección General de Análisis Legislativo del Instituto Belisario Domínguez (IBD).

Sin embargo, aún está pendiente su operación.

De acuerdo con la reforma, el registro de un deudor moroso se llevará a cabo luego de que así lo solicite un juez o la autoridad responsable del fuero local

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