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Sala Regional Xalapa del TEPJF deja firme registro de NAO y PUP como partidos políticos en Oaxaca y les abre el financiamiento; tumba prerrogativas al PVEM

José Luis

Jaime GUERRERO | El Piñero

La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) que, a su vez, confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-88/2022 del Instituto Estatal  Electoral y de Participación Ciudadana (IEEPCO) con el que se estableció que los partidos Nueva Alianza Oaxaca (NAO) y Unidad Popular (PUP) cumplieron con el requisito establecido para conservaran su registro como partidos políticos locales.

De acuerdo la sentencia del órgano jurisdiccional regional, Nueva Alianza Oaxaca y el PUP, complen con lo establecido en el artículos 94, párrafo 1, inciso b) de la Ley General de Partidos Políticos y 301 de la Ley de Instituciones de Oaxaca, por lo cual se declaró procedente, en virtud de que en las elecciones de diputaciones y ayuntamientos del 2021 obtuvieron el 3% de la votación valida emitida.

La Sala Regional determinó que el TEEO realizó una correcta interpretación de los preceptos legales en mención, llegando a la conclusión de que los partidos NAO y PUP tenían derecho a conservar su acreditación ante el IEEPCO, al haber alcanzado el porcentaje de votación requerido en las elecciones del reciente proceso electoral.

Ello, dado que bastaba con obtener dicho porcentaje de votos en cualquiera de los comicios celebrados recientemente, sin importar que fuese para la renovación del Poder Ejecutivo local, Legislativo local o Ayuntamientos, y no como erróneamente lo hicieron valer los partidos políticos de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano y Revolucionario Institucional.

Y es que el PRI, PRD y MC, impugnaron y afirmaron que dicho porcentaje necesariamente tenía que ser de la elección inmediata anterior de la Gubernatura del Estado de Oaxaca, en la que los cuestionados partidos políticos obtuvieron un porcentaje menor al 3%.

Por otra parte, la Sala Regional Xalapa revocó la sentencia emitida por el TEEO en los expedientes RA/04/2023, RA/05/2023, RA/06/2023 y RA/08/2023, acumulados, que, de igual manera, revocó el acuerdo IEEPCO-CG-01/2023 del Consejo General del IEEPCO, con el que fijó las cifras de financiamiento público para actividades ordinarias permanentes y específicas de los partidos políticos en el estado de Oaxaca, para el ejercicio de 2023.

El Pleno de la Sala llegó a tal determinación ya que el TEEO no fue exhaustivo ni congruente al emitir la sentencia controvertida, debido a que no se pronunció sobre el fondo del asunto.  En tanto, el IEEPCO no fue eficaz y certero en el fondo del asunto.

Por ello, en plenitud de jurisdicción, se decidió analizar la controversia y, con ello, revocar el acuerdo de IEEPCO, en primer término, porque el Partido Verde Ecologista de México no tenía derecho a recibir financiamiento local para las actividades ordinarias permanentes ni las específicas del ejercicio presupuestal en curso, al no haber alcanzado el umbral del 3% de la votación valida emitida en la elección inmediata anterior en el estado de Oaxaca, considerando su capacidad operativa como partido político nacional.

En segundo término, los partidos políticos locales Unidad Popular y Nueva Alianza Oaxaca sí contaban con el derecho de recibir el financiamiento público en la proporción mínima prevista legalmente, conforme a las reglas y proporciones señaladas en el artículo 51, párrafo 2, de la Ley General de Partidos Políticos; toda vez que, como se señaló con anterioridad, mantuvieron su registro como partidos políticos al obtener el porcentaje de votación requerido por Ley.

Y es que el pasado 16 de abril, luego de una maratónica y suspendida sesión, el Consejo General del IEEPCO, volvió a aprobar las cifras del financiamiento para los partidos políticos en 2023 contenidos en el acuerdo IEEPCO-CG-11/2023  en cumplimiento de una sentencia del TEEO para la realización tanto de las actividades ordinarias de tipo permanente y las específicas que les corresponden para 2023.

El proyecto, fue aprobado por mayoría de votos del Consejo General, con el voto concurrente de la consejera Carmelita Sibaja Ochoa, y los votos particulares de la consejera Nayma Enriquez Estrada, y del Consejero Alejandro Carrasco Sampedro.

El total de los recursos correspondientes al sostenimiento de actividades ordinarias permanentes y actividades específicas es de 192 millones 976 mil 763.64 para partidos políticos, de los cuales, 187 millones 356 mil 81.20 corresponden a actividades ordinarias.

El importe del financiamiento público ordinario que deberá destinar cada Partido Político para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres para el año dos mil veintitrés, ascienden en su conjunto a 5 millones, 620 mil 682.44 pesos.

A la fecha, el IEEPCO reportó que se han realizado las ministraciones calendarizadas que corresponden a los meses de enero, febrero y marzo del 2023.

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