Redacción El Piñero | Jaime GUERRERO
Por unanimidad, la Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) deja firme la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), quien tumbó la candidatura de Jocabed Betanzos a la Presidencia Municipal de #OaxacaDeJuárez por el Partido del Trabajo (PT).
Van dos candidaturas que trunca la Sala Xalapa del TEPJF: Betanzos y Pablo Puga de Movimiento Ciudadano.
En el caso de Betanzos, la Sala Regional Xalapa del TEPJF confirmó la sentencia emitida por el TEEO en el recurso de apelación local RA/35/2024, que revocó el acuerdo IEEPCO-CG-79/2024 del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (@IEEPCO), únicamente, respecto al registro de la candidatura propietaria a primer concejal del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, postulada por el Partido del Trabajo (PT).
La sala regional, desestimó los agravios presentados por el PT, porque fue ajustada a Derecho la determinación del TEEO respecto a que la persona registrada en la candidatura incumplió con el requisito de separarse del cargo público que ostentaba, 70 días antes de elección.
Aunado a que no se controvirtieron de manera frontal las consideraciones de la sentencia impugnada.
Y es que, por no acreditar su licencia al cargo de regidora, por unanimidad, el pleno del TEEO, tumbó la candidatura a Presidenta Municipal de Oaxaca de Juárez de Jocabed Betanzos Velázquez por el Partido del Trabajo (PT).
El Recurso de Apelación, fue promovido por el Partido Revolucionario Institucional, a fin de impugnar del Consejo General del Instituto Electoral Local, el acuerdo IEEPCO-CG-79/2024, mediante el cual se registran de forma supletoria las candidaturas a concejalías a los ayuntamientos, en específico, el de Betanzos Velázquez, candidata a la primera concejalía propietaria para el Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, postulada por el Partido del Trabajo.
En la ponencia aprobada, se declaró fundado el agravio hecho valer por el PRI, consistente en que Betanzos Velázquez, es inelegible, ya que, no se constata que efectivamente se haya separado del cargo que actualmente ostenta en el Ayuntamiento capitalino.
Para el TEEO quedó acreditado en que la candidata ostenta el cargo de Regidora del Ayuntamiento Oaxaca de Juárez, para el periodo 2022-2024, siendo así que el Consejo General pasó por alto que no presentó en su registro de candidatura, ninguna constancia que acreditara que habría solicitado licencia del cargo, lo cual sí era verificable en virtud de que la autoridad administrativa electoral le expidió la constancia de mayoría y validez, con la que se le asignó la regiduría que actualmente ocupa.
Si bien Jocabed Betanzos Velázquez manifestó que solicitó licencias de separación a partir del 10 de abril al 22 de mayo, sin embargo, fue omisa en remitir el pronunciamiento realizado por el Ayuntamiento Oaxaca de Juárez, de sus licencias relacionadas a la separación del cargo como regidora.
Además que las solicitudes de licencia, son insuficientes para que se cumpla con la temporalidad que prevé el requisito de elegibilidad establecido en el artículo 19, de la Ley de Instituciones, con relación al artículo 113, de la Constitución Local.
Por tal motivo, se revocó el registro de Betanzos Velázquez, como candidata a primer concejal propietaria para el Municipio de Oaxaca de Juárez, registrada por el Partido del Trabajo.