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Sebastain Tutla y Jalpan Sin Administrador

San Sebastián Tutla y Jalpan no tendrán administrador, TEEO deja firme elecciones; anula la de Cacalotepec, Mixe

Staff El Piñero

Jaime GUERRERO / Tren Parlamentario

Con el voto en contra del magistrado presidente Raymundo Wilfrido López Vásquez, el Pleno del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO), validó la Asamblea General Comunitaria de elección de San Sebastián Tutla y con ello deja firme al edil electo, Humberto Zarate Vázquez.
Cabe señalar que regidores electos y seguidores de Zarate Vázquez, agredieron físicamente al Consejero del IEEPCO, Uriel Pérez García, por votar a favor de la anulación de esa elección. Actualmente existe un proceso penal ante la PGR contra quienes resulten responsables de las agresión contra el consejero electoral.
Sin embargo, el TEEO, al dejar firme la elección de San Sebastián Tutla, los Magistrados Víctor Manuel Jiménez Viloria (PAN) y Miguel Ángel Carballido Díaz (PRI) consideraron que existieron diversas probanzas que acreditaron que si se convocó a los habitantes del Rosario a la asamblea. Por ello ordenaron al IEEPCO expedir la constancia de mayoría a los ciudadanos electos en la Asamblea General Comunitaria de elección celebrada el pasado 16 de octubre de 2016.
Entre las pruebas que validaron los magistrados del TEEO para dejar firme la elección en Tutla, están, un recibo de dinero por concepto de pago por elaboración de grabación de spot, para convocar a los habitantes del Municipio de San Sebastián Tulla, para la asamblea elección de fecha 18 de octubre de 2016, entre la autoridad Municipal y el ciudadano Jorge Alberto Rodriguez Luna.
Un recibo de dinero por concepto de pago por el servicio de perifoneo, para convocar a los habitantes de San Sebastián Tutla, para la asamblea de elección, de fecha 18 de octubre de 2016 entre la autoridad Municipal y la ciudadana Yetzi Lourdes León Gijón.
Así también, el instrumento Notarial 24824, volumen 326, ante la fe del Notario Público número 64, en el Estado, relativo a la certificación de diversos hechos, en donde certificó que en diversos lugares públicos del Fraccionamiento el Rosario, se pegó la convocatoria para la asamblea electiva de Concejales.
Dejan firme segunda elección de Jalpan
De igual manera los magistrados revocaron el acuerdo IEEPCO-CG-SIN-275/ 2016 e invalidó la elección de concejales de San Raymundo Jalpan de 9 de octubre de 2016, donde habría resultado electo, Olegario Luis Benítez, al suscitarse hechos violentos, falta de firma de la secretaria de la mesa de los debates y la lista de asistentes que permitan afirmar que existió quórum legal para la instalación de la asamblea, por estas razones los magistrados declararon la nulidad de la asamblea de elección.
En contra parte, validaron la asamblea electiva de seis de noviembre del mismo año, datos asentados en el expediente JNI/71/2016 y sus acumulados. En la elección del 6 de noviembre, resultó electo atropelladamente Mario Martínez Mendoza.
Y es que al determinar que la elección del pasado 9 de octubre en la que habría sido electo Luis Benítez, no se tenía certeza de que los resultados asentados en la acta fueran fidedignos y verificables, causando con ello la nulidad del acta de asamblea.
Respecto al expediente JNI/60/2016 promovido por Noemí Nicolás Hernández quién impugnó el acuerdo del IEEPCO- CG-SIN-207/2016 mediante el cual validó la asamblea de elección en Magdalena Yodocono, Nochixtlán, el Pleno del TEEO revocó el acuerdo y dejo sin efectos jurídicos las constancias expedidas a favor de los concejales electos.
En su escrito la demandante manifestó que Roberto García Cruz era inelegible para desempeñar el cargo debido a que los requisitos para ser votados son ser originarios y vecinos de la comunidad.
Al analizar el expediente los magistrados determinaron que dichos requisitos no fueron cumplidos por el ciudadano en mención, debido a que en las constancias que se encuentran en el expediente se establece que si es originario de la comunidad, pero no vecino de la misma ya que el ciudadano en cuestión radica en el Estado de México.
Aunado a ello se suscitaron hechos de violencia lo que generó que los pobladores se retiraran del lugar, al no existir certeza y seguridad jurídica de los resultados, el Pleno del TEEO revocó el acuerdo impugnado y dejo sin efectos jurídicos las constancias expedidas a favor de los concejales electos.
Tiran elección de Cacalotepec
En tanto, al resolver el JNI/63/2016 los magistrados revocaron el acuerdo IEEPCO- CG-SIN-232/2016 en el cual el IEEPCO validó la elección de autoridades de Asunción Cacalotepec, Mixe, lo anterior al considerar que el ciudadano César Guadalupe Reyes, es inelegible para ocupar el cargo debido a que se desempeñó como Presidente municipal de manera consecutiva durante los años 2014, 2015 y 2016, aun cuando la Constitución Local establece como límite sólo un periodo adicional.
Sin embargo, el Pleno del TEEO solicitó a los integrantes del Ayuntamiento que sí cumplieron con los requisitos de elegibilidad elegir entre ellos al concejal encargado del despacho de la Presidencia Municipal y se realice una elección extraordinaria para nombrar al presidente municipal.
Confirma TEEO acuerdos del IEEPCO
También, durante la Sesión de Pleno el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca confirmó acuerdos tomados por el Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca y validó las asambleas de elección de Santiago Yolomecatl, Teposcolula, San Nicolás, Miahuatlán, San Pedro Teutila y San Lucas Zoquiapam, Teotitlán, Oaxaca.

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