Jaime GUERRERO
Por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo Cuarto transitorio del decreto de reforma a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, mediante el cual, el Congreso del Estado, designó a las y los comisionados integrantes del nuevo Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno y declaró inconstitucional sus nombramientos.
Sin embargo, pese a que se declaró inconstitucional el proceso de designación en octubre del 2021, al ser un hecho consumado, seguirán en sus cargos de Comisionados, Josué Solana Salmorán, actual presidente; Xóchitl Elizabeth Méndez Sánchez, Claudia Ivette Soto Pineda, María Tanivet Ramos Reyes y José Luis Echeverría Morales.
Lo anterior porque, el plazo para la imponer la medida inconstitucional y destituirlos del cargo, ya feneció.
Las acciones de inconstitucionalidad 143/2021 y su acumulada 144/2021, fueron promovidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y consejeros del extinto Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno del mencionado Estado, publicada en el Periódico Oficial de Oaxaca, el pasado 4 de septiembre de 2021.
Al resolver la acción de inconstitucionalidad la Corte reiteró el criterio sostenido al resolver la acción de inconstitucionalidad 127/2020, en la cual se determinó que los nombramientos de los comisionados que hubieran sido emitidos cuando un instituto garante local ya contara con la naturaleza de órgano constitucional autónomo, debían ser respetados porque con ello se garantiza la independencia y autonomía que reviste a estos órganos.
En el caso de Oaxaca, al facultar al Congreso local para nombrar nuevos comisionados y, por ello, al implicar la remoción de los comisionados que se encontraban en funciones al momento de publicarse la ley impugnada, se generaba una intromisión indebida en la integración del instituto de transparencia local, motivos por los cuales, el Pleno determinó su inconstitucionalidad.
El Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, fue el ponente del proyecto de sentencia.
El pasado mes de octubre del 2021, la LXIV Legislatura designó a las personas integrantes del Órgano Garante de Acceso a la Información Pública, Transparencia, Protección de Datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca.
En sesión Extraordinaria, la pasada legislatura, eligió a Méndez Sánchez y a Echeverría Morales como comisionada y comisionado por un periodo de tres años; a Soto Pineda y a Solana Salmorán, como comisionada y comisionado por un periodo de cuatro años.
Asimismo, a Ramos Reyes, como comisionada por un periodo de cinco años.
En una tercera ronda de votos mediante cédula, nombró a Jorge Fausto Bustamante García, como titular de la Contraloría General del Órgano Garante de Acceso Información Pública, Transparencia y Protección de datos Personales y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, por un lapso de cuatro años.
Asimismo, el Pleno Legislativo tomó protesta a Laura Nahely García Aguilar, María del Carmen Santos Pinacho, Nayeli Maritza Martínez Cruz, Gustavo Jiménez Hernández y Laureano Martínez Martínez, como integrantes del Consejo Consultivo Ciudadano de este Órgano por un periodo de uno, dos, tres, cuatro y cinco años, respectivamente