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SCJN tumbó decreto aprobado por diputados de Morena y aliados que prorrogaba magistraturas en Oaxaca

El Piñero

Jaime GUERRERO | EL PIÑERO

Oaxaca, México.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), invalidó  el decreto que extendía indebidamente el plazo de 7 años, el encargo de las y los integrantes del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), señalado en la LGIPE, por transgredir el régimen de facultades concurrentes en materia electoral.

Y de igual manera señaló que la libertad de configuración de las legislaturas locales para regular los procedimientos para suplir las vacantes temporales, no puede incidir en la facultad exclusiva del Senado de la República de nombrar a las y los titulares de las magistraturas de los estados, ni mucho menos, ampliar el plazo fijo de 7 años, establecido en el artículo 107 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

El pasado 21 de diciembre de 2022, el TEEO también determinó inaplicar esta reforma bajo el argumento de que era inconstitucional al transgredir lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca.

Dicha prórroga extendía indebidamente el plazo señalado en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y transgredía el régimen de facultades concurrentes en materia electoral previsto en la Constitución General.


Al analizar, las impugnaciones presentadas por los partidos políticos Acción Nacional y local Nueva Alianza de Oaxaca, el pleno de la SCJN, invalidó el Decreto 677, por el que se adicionó el artículo 28 Bis de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del mencionado Estado, publicado el 2 de diciembre de 2022.

En dicho decreto se previó la prórroga en el ejercicio del cargo de la magistratura del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, para el caso de que concluyera el periodo para el que fueron designados sus integrantes y el Senado de la República no hubiera hecho la designación de las personas que deberían sustituirlos.

El Pleno invalidó dicho decreto al considerar que su prórroga provocaba un doble efecto inconstitucional, pues a través de la figura de la suplencia la ley local autorizaba que pudiera extenderse el plazo señalado, lo que contrariaba directamente el artículo 106 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y, con ello, el régimen de facultades concurrentes en materia electoral previsto en la Constitución General.

Además, la Corte determinó que invadía la esfera competencial del Senado de la República, al prorrogar las condiciones originales del nombramiento otorgado por dicha Cámara a los titulares de la magistratura cuyo periodo concluyó.

Las Acciones de inconstitucionalidad 170/2022 y su acumulada 172/2022, fueron promovidas por los partidos políticos Acción Nacional y local Nueva Alianza, demandando la invalidez del Decreto 677 por el que se adiciona el artículo 28 Bis de la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del mencionado Estado, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad de 2 de diciembre de 2022.

El Ponente fue el Ministro Arturo Zaldívar.

Fue el pasado mes de septiembre del 2202, cuando con 21 votos a favor de una bancada dividida de Morena, PRD y sus aliados del PT, PUP, y PVEM, la mayoría de los diputados de la LXV Legislatura -afines al gobernador electo, Salomón Jara Cruz- aprobaron la adición del Artículo 28 Bis a la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), para prorrogar la permanencia de magistraturas vencidas, esto mientras el Senado de la República no haya realizado la designación.

Con esa reforma, también se acotaba las decisiones unilaterales de la magistrada Presidenta del TEEO, Elizabeth Bautista Velasco, en la designación de magistraturas temporales en ese órgano jurisdiccional.

Con esa reforma, el magistrado -que culminaba su cargo el pasado mes de diciembre- Raymundo Wilfrido López Vásquez, prorrogaba su permanencia hasta en tanto el Senado de la República, no realizara la designación de entre una de las mujeres aspirantes que participaron en el pasado proceso de selección.

La adición establecía: “Para el caso de que concluya el periodo para el que fue designado un Magistrado o Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca, y el Senado de la República no haya hecho la designación de la persona que deba sustituirlo en el cargo, aquel o aquella continuará desempeñando el cargo de Magistrada o Magistrado Electoral, hasta en tanto el Senado de la República haga la designación correspondiente”.

La propuesta fue de las diputadas de Morena Yesenia Nolasco Ramírez, Nancy Benítez Zárate y Haydee Reyes Soto, de Morena y provocó un debate entre los y las diputadas de Morena y el PRI.

En la discusión, se rechazó con 20 votos en contra la moción suspensiva del PRI y PAN, la cual pretendía echar abajo la reforma de adición a la Ley Orgánica del TEEO.

La diputada del PRI María Luisa Matus Fuentes acusaba violación al proceso legislativo, debido a que tendría que ser la Comisión de Estudios Constitucionales el órgano que debió dictaminar y no la Comisión de Democracia y Participación Ciudadana.

Del mismo modo y con 21 votos, la mayoría de diputados de Morena, el PVEM, PT y PUP, desecharon la reserva presentada por la diputada y diputado de Morena Melina Hernández y Sesúl Bolaños, la cual pretendía modificar el dictamen para evitar la prórroga en las magistraturas.

Tras más de 30 minutos de reproches y defensa, en donde incluso salieron a relucir los pasados políticos de algunos legisladores de Morena, el dictamen fue aprobado en su versión original.

En su momento Sesul Bolaños, diputado de Morena, calificó el hecho como antidemocrático y les recordó a más de una y un diputado de la llamada Cuarta Transformación sus origines del PAN y el PRI.

Su par de Morena, Luis Alfonso Silva Romo del grupo mayoritario afín al gobernador electo, reviró y afirmó que esa reforma es una medida excepcional que no significa que el congreso transgreda preceptos constitucionales.

Y en clara alusión a la actual magistrada presidenta del TEEO, refirió que esa reforma espanta y da miedo a quienes deciden encargos de magistraturas desde las oficinas.

Lo mismo en defensa de esa reforma a la ley orgánica del TEEO, Haydee Reyes Soto, afirmó a sus pares de Morena y el PRI que se opusieron que el Congreso no se excede en facultades y no realiza nombramientos que corresponden al Senado de la República.

No obstante, no podían dejar concentrado el poder en una sola persona, en alusión a la magistrada presidenta del TEEO.

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