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Senador Adolfo Romero Lainas acusado de pisotear la dignidad de las mujeres.

El Piñero

Redacción / El Piñero

Oaxaca, Oaxaca.- El senador Adolfo Romero Lainas ha sido demandado por pensión alimenticia por su aún esposa Irma Margarita  Martínez Díaz, denuncia interpuesta en el juzgado de lo familiar en la ciudad de Oaxaca.

Desde hace un tiempo la demanda no ha prosperado y se ignora si el senador ha sido notificado de la misma, sin embargo ya se le ha visto departir con otra persona del sexo opuesto que no era su esposa actual.

Redes sociales han demandado reiteradamente esta actitud y últimamente Familias Oaxaqueñas una ONG se ha unido a esta solicitud pública.

Recordemos que el Senador Adolfo Romero Lainas es parte de la comisión de la Familia y el Derecho Humano del Senado de la República y participa como secretario de la comisión.

La pensión alimenticia, es el derecho que brinda la ley a los hijos, en caso de separación o divorcio de los padres, de recibir recursos económicos necesarios para:

  • Alimentos
    • Ropa
    • Calzado
    • Medicinas
    • Esparcimiento
    • Educación
    • Útiles escolares

Por lo regular, se mantiene el derecho a la pensión alimenticia hijos hasta cumplir los 18 años, pero, en caso de estar cursando una carrera universitaria, podrían recibirla hasta cumplir los 21 años.

¿Quiénes pueden pedir pensión?
• El que ejerce la patria potestad.
• El que tenga bajo su guarda al que necesita alimentos.
• El Tutor.
• Los hermanos y demás parientes colaterales hasta el cuarto grado.
• El que tenga bajo su cuidado al que necesita alimentos.
• El ministerio Público.

¿Quiénes NO pueden pedir pensión?
Aquellas mujeres que tengan un hijo con un hombre sin mantener una relación de pareja estable o constante NO pueden gozar del derecho a una pensión alimenticia.

Por otro lado existen personas que evaden la responsabilidad de mantener adecuadamente el sustento de sus hijos cuando hay una separación o divorcio por lo que hay formas obligatorias de ejercerla:

  • Extrajudicial: Los progenitores pueden llegar a un acuerdo en cuanto al monto de la pensión alimenticia hijos, sin necesidad de acudir a un juez.
    • Judicial: la justicia dispone de medidas para obligar a que se efectúe el pago de la pensión alimenticia hijos. Las mismas van desde una citación intimatoria, hasta la prisión

Deudor alimentario: persona que se niega a pagar su pensión alimenticia por más de 90 días
• El Registro Civil tendrá a su cargo el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Distrito Federal.
• En el que se inscribirá a las personas que hayan dejado de cumplir por más de 90 días, sus obligaciones alimentarias, ordenadas por los jueces y tribunales.
• El Registro Civil tendrá la obligación de pasar esta lista al Buró de Crédito y al Registro Público de la Propiedad.
• La sanción para quienes no paguen pensión es de seis meses a 5años de prisión

¿Cómo le hacen para evadir su responsabilidad?
• El deudor dolosamente manifiesta que su salario es inferior al que realmente percibe.
• El deudor se coloca intencionalmente en estado de insolvencia.
• El deudor no desea cumplir con la obligación alimentaria.
• El deudor es trabajador eventual.
• El deudor cambie de domicilio y no sea posible ubicarlo.

 

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