Jaime GUERRERO
Oaxaca.- En la víspera, la LXIV Legislatura reformó el Código Penal del Estado, para aumentar el castigo, hasta con 20 años de prisión, a quien, usando la seducción y el engaño, sostenga relaciones sexuales con una persona mayor de 12 años y menor a 18.
Las reformas fueron a los artículos 246 y 248 Bis, para equiparar a la violación y sancionar de 14 a 20 años de prisión y multa se seiscientos a un mil doscientas veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización, a quien tenga cópula con una persona mayor de 12 años y menor de 18, obteniendo su consentimiento por medio de la seducción y el engaño.
La seducción y el engaño se presumirán en todo momento, establece la reforma.
Para igualar la sanción, se realizó una adición al Artículo 248 Bis, que establece:
“Las penas que correspondan a los delitos de abuso sexual, previstas por el Artículo 241, violación prevista por el Artículo 246, violación equiparada prevista por el Artículo 246 Bis y 247 se aumentará hasta en una mitad en su mínimo y su máximo”.
El dictamen establece que, actualmente, se sancionan las relaciones sexuales con menores, cuando la víctima directa fuere menor de 15 años y se presumirá, en todo caso, la seducción y el engaño, dejando fuera a las adolescentes mayores de 15 años de ese supuesto.
Es decir, se supone que, si la niña es mayor de quince años, no hubo seducción o engaño.
Por tanto, la LXIV Legislatura, se consideró como necesario realizar las modificaciones legislativas, al mencionado tipo penal, pues la Convención Sobre los Derechos del Niño entiende, por niño a todo ser humano menor a los 18 años de edad.
En México, la violación es el sexto de los delitos sexuales con mayor incidencia, seguida del estupro que ocupa el octavo lugar.
Además, de acuerdo a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico, México ocupa el primer lugar en abuso infantil y por cada mil casos de abuso a menores de edad, únicamente se denuncian 100, de los cuales solo 10 van a juicio, y solo uno de estos casos llega a una condena.