➡️Se elegiría en consenso del Cabildo.
➡️En caso de no haber consenso, el Congreso del Estado intervendría
Jaime GUERRERO| El Piñero
Oaxaca, México.– A causa de un paro respiratorio, éste lunes falleció, la presidenta municipal de Loma Bonita, Oaxaca, Denisse Reyes Córdoba.
De acuerdo a versiones de personal del ayuntamiento, la ex municipe fallecería a causa de una intervención médica.
En tanto, el ARTÍCULO 86 Bis de la Ley Orgánica Municipal, establece que en los casos de licencias, suspensión, revocación, renuncias, abandono del cargo y fallecimiento del concejal Presidente o Sindico, tratándose de concejales mujeres, el Ayuntamiento en todos los casos garantizará que la sustitución sea por otra mujer, respetando de esta manera el principio de paridad establecido en la Constitución Política Federal y la Constitución Política de Oaxaca.
Tras los hechos se buscó contacto con los familiares de Reyes Córdova, sin embargo no se obtuvo respuesta para conocer a detalle las causas del deceso de la presidenta municipal que gozaba de buena salud.
Apenas en febrero de este año había asumido el cargo como suplente de Felipe Reyes Álvarez, quien murió a consecuencia de una enfermedad terminal. Reyes Córdova, era media hermana del ex edil de Loma Bonita, Felipe Reyes Álvarez.
A través de una publicación en redes sociales, el ayuntamiento de Loma Bonita externó sus condolencias, tras confirmar el deceso. Hasta el momento no se ha dado a conocer las causas de la muerte.
Las versiones que se mencionan es que habría sido por un paro cardio respiratorio a causa de Dengue.
Denisse Reyes, de apenas 35 años de edad, fue la primera mujer en asumir el cargo en aquel municipio perteneciente a la Cuenca del Papaloapan. Era ingeniera en Diseño, egresada de la Universidad del Papaloapan Campus Loma Bonita, con una maestría en Administración de Negocios por la UTEL Universidad.
Ante el fallecimiento del concejal Presidente o Sindico, el artículo 86 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, señala que el Ayuntamiento teniendo el acta de defunción, celebrara sesión respectiva y emitirá el acuerdo con el voto de la mayoría de sus integrantes, requerirá al Suplente para que asuma el cargo, y en ausencia o negativa de éste, el concejal que el Ayuntamiento designe.
De no lograr el acuerdo respectivo, el Congreso del Estado lo designará de entre los mismos concejales y por negativa de estos a cualquiera de los suplentes; para estos casos emitirá la declaratoria respectiva.
Si el fallecido es un Regidor el Ayuntamiento se requerirá al suplente en ausencia o negativa de éste nombrará a cualquiera de los concejales suplentes, observado si se trata de un concejal de mayoría o de representación proporcional a fin que se respete los principios para cada uno de los casos.
El mismo procedimiento se seguirá, para el caso de los integrantes de los Consejos Municipales.
De todos los casos se comunicará al Congreso del Estado para que emita la declaratoria respectiva para los efectos de acreditación.
En tanto, el ARTÍCULO 86 Bis, establece que en los casos de licencias, suspensión, revocación, renuncias, abandono del cargo y fallecimiento del concejal Presidente o Sindico, tratándose de concejales mujeres, el Ayuntamiento en todos los casos garantizará que la sustitución sea por otra mujer, respetando de esta manera el principio de paridad establecido en la Constitución Política Federal y la Constitución Política de Oaxaca.
LAS REGIDORAS
- Fernanda Salinas Castillo, Regidora de Salud y Desarrollo Social.
- Fátima Soledad Morales Jarquín, Sindica Hacendaria.
- Karla González Pineda, Regiduría de Hacienda y Educación.
- Felisa Del Carmen Miranda Pacheco, Regidora de Obras Publicas.
- Juanita Ramírez Toto, regidora de Derechos Humanos y Bienes Municipales